Despido voluntario

Hola. Mi situación en la empresa no es nada buena... Ellos quieren que me vaya y tras lo sucedido el otro día también quiero irme pero claro.. Si me voy me quedo a dos velas y ya que gano poco pues menos. Me gustaría saber si podría negociar con ellos una salida en las que las dos partes saliéramos beneficiados aunque la pregunta exacta es.. Según tu cuanto me darían de indemnización, cuanto días al año podrían ser porque me imagino que al ser despido procedente tendrá unos días fijados.
Espero que me hayas entendido.. También decir que mi contrato es de auxiliar adminis pero hago funciones de oficial.

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No te puedo decir cuantos días por año en un despido procedente, ya que en ese caso no hay indemnización, a no ser que sea por pérdidas económicas probadas, o cierre de la empresa, que en ese caso son 20 días por año.
Si lo que quieres negociar un despido, lo que se suele hacer, es declararlo improcedente, que son 45 días por año, pero si lo has de negociar para irte, lo que se hace es que tu firmas como que te han dado la indemnización correspondiente sin que te la den, o dándote otra cantidad.
Si puedes, y quieren que te vayas, lo mejor es empezar por decirles que te despidan de modo improcedente y te paguen los 45 días por año que supone. Si no están de acuerdo y tu quieres irte, proponles que la cantidad sea menor y que tu les firmas como que recibes toda.
En cualquier caso, procedente o improcedente, tienes derecho al paro que hayas generado.
Muchas gracias por tu pronto contestación.. si me permites me gustaría hacer el inciso sobre el trabajo que desempeño.. que según contrato tendría que ser de auxiliar pero hago de oficial administrativo ya que estoy solo en la oficina y hago todo yo.. contabilidad, facturación.. etc. Sobre esto podría tener algo a lo que agarrarme.? ¿No?... y por ultimo en el caso de que llegasen un día y me dijeran que me fuera sin más de su empresa quedando despedido.. ¿qué tengo que hacer? ¿Irme? ¿No irme?... en el caso de que me echen sin la carta de despido quiero decir.. lo digo porque son muy impulsivos y podría suceder.
Gracias por todo.
Sobre el trabajo que desempeñas, poco tiene que ver con el despido. Lo que pone en el contrato no tiene mucha fuerza, si tu desempeñas trabajos edcategoria superior, lo que has de hacer es que te paguen la diferencia de salario, y si la llevas cobrando esa diferencia 6 meses, te han decambiar la categoría que tenias a la nueva, si esta es superior.
El día que te digan que te vayas, te lo has de dar por escrito, y explicando las causas. Te darán un finiquito, en el que debe estar la indemnización correspondiente. En el momento de firmarlo, si no crees que las cantidades sean las correctas, firmas no conforme y demandas a la empresa. Te tendrán que pagar el salario hasta el día que tras la sentencia la empresa pague lo que le corresponde.
Si te dicen que te vayas sin más, sin comunicación escrita ni finiquito que te convenza, lo mismo, denuncia a la empresa y seguirán los mismos trámites.
Muchísimas gracias por todo y perdona mi tardanza al responder. Querría, si no es mucho abusar, que me informaras sobre si el despido es procedente que entiendo que es cuando el trabajador ha cometido alguna falta grave.. por cuanto le indemnizarían. Siento ser tan pesado pero en mi situación me es difícil acudir a alguna consulta de un sindicato o así.. También querría pedirte información sobre los dos días que tienes por nacimiento de un hijo. Estoy en esa situación y tengo la duda de que si naciera un día de diario por la noche.. me corresponderían el día siguiente y el siguiente, es decir. Si nace el jueves a las once de la noche.. ¿me coresponderian el viernes y sábado? Yo solo trabajo por las mañanas... de ahí mi pregunta.
Estas preguntas me quitan el sueño porque siento que mis jefes están esperando a que cometa algún fallo para despedirme y ahorrarse un buen dinero y quisiera saber si es así.. si me correspondería algo de indemnización. Por ejemplo tengo unos cuantos días que me deben de vacaciones y tenia pensado cogerme uno para añadir a esos dos.. y creo que no me lodara por joder.. pero aun así me lo pienso coger.. ¿qué piensas sobre esto?
Muchas gracias por todo.. de verdad..
Si es procedente no hay indemnización como ya te he dicho. Pero si es procedente, es problema de la empresa demostrarlo, si no puede, será siempre improdecente con 45 días pro año de indemnización.
Por nacimiento de hijo, es desde el día que nace, pero si ya has finalizazo tu jornada, serán los siguientes 2 días. Luego tienes los 13 días de la Seg social que puedes cogerlospegados a ese permiso, o un poco más tarde si te conviene.
Las vacaciones se han de dar o pedir con un preaviso de 2 meses, a no ser que en convenio se especifique otra ferca. Tienes derecho a elegir la mitad de las vacaciones, respetando las necesidades de producción, pero no puedes por narices pedirlas de un día para otro.
Por cogerte un día erróneo de permiso, no pueden despedirte, así que si tu jefe lo hace, pues la ha cagado, ya que seria improcedente. Has de faltar al trabajo más de 3 días sin justificar para que sea abandono del trabajo, así que si te cuelas un día de más de permiso, del que ademas has traído justificante, si te despide sera improcedente. Lo mismo es si te lo has cogido de vacaciones o que has contado mal cuando empieza el despido.
No tengo palabras para darte las gracias, se que tendré que ir a consultar a un profesional por si acaso y para estar prevenido pero tus consejos me han quedado más tranquilo.
Para finalizar mis "grandes" dudas me gustaría que me dijeras que como ya te he dicho tengo en contrato auxiliar administrativo pero hago funciones de oficila administrativo desde que empecé .. hace siete años. En caso de despido podría denunciar esa situación con el despido en la mano o tendría que hacerlo antes de llegar al despido.
Muchas gracias.. y perdona por ser tan pesado.
Lo mejor es no esperar más, si haces funciones de categoría superior te han de pagar la diferencia y a los 6 meses habértela consolidado. Solo puedes reclamar en temas económicos el ultimo año, así que contra antes lo hagas, para calcular el despido, como es etoma la base del ultimo año, la cantidad será mejor.

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