Declaración de herederos

buenos días,
En diciembre de 2010 falleció mi padre. No hizo testamento, y lo único que tenia era un plan de pensiones que solamente nos pidieron para poder liquidarlo una legitimación de firma ante notario pero en ningún momento hicimos declaración de herederos. Eso si, las cantidades que percibimos de dicho plan mi madre, mi hermano y yo, nos fueron incluidas en la renta, lo que nos supuso un considerable pago en la renta, ademas de la retención ya practicada con anterioridad por el plan de pensiones.
Hará un año, llego una carta a nombre de mi padre en la cual se le reclamaba una deuda de 10000€, la cual desconocíamos. No era directamente del prestamista, sino de una entidad cobradora de deudas. ¿que puede pasar o si nos lo pueden reclamar?
En la cuenta de mi padre, figuraba mi madre como de cotitular, y nos dijeron que si queríamos cerrarla, nos haría falta la declaración de herederos. Pero claro, si no la hicimos en su momento, ¿que hacemos?
Muchísimas gracias

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Lo van a tener complicado, puesto que al haber dispuesto del plan de pensiones, implica una aceptación tácita de la herencia y además una aceptación pura y simple, lo que significa que responden de las deudas con su propio patrimonio.

De momento mientras no haya ninguna reclamación vía burofax, o notarial, nada. Investiguen a ver de qué es esa deuda, si es posible que pueda estar prescrita, en fin.. empiecen por ahí, por si se pudiera salvar la cosa por esta vía.

Si el asunto llega a la vía judicial, y requieren al banco para que aporte la información, lo van a tener complicado. Por la cantidad que les reclaman, si llega a la vía judicial, van a necesitar abogado y procurador, en ese caso será mejor llegar a un acuerdo para impedir intereses, tasas y costas.

Sometiendo esta respuesta a una mejor opinión fundada en derecho.

Muchas gracias por la respuesta. He visto que la carta es de junio de 2012 y mi padre falleció en diciembre de 2010. Por lo tanto no tienen constancia del fallecimiento de mi padre, y si nosotros no hicimos declaración de herederos, ¿como pueden saber que percibimos un plan de pensiones?¿que tiempo tarda en prescribir la deuda?

Muchas gracias de nuevo,

Un saludo

Solo pueden saberlo si van a la vía judicial a reclamarla, pues pueden solicitar que el juez requiera al servicio de averiguación patrimonial que investigue el patrimonio, ahí saltaría lo relativo al plan de pensiones y saldría el hecho de que han dispuesto de él.

En relación a la prescripción de la deuda dependerá de qué estemos hablando en concreto, pues no todos los supuestos tienen el mismo plazo de prescripción. Si fuera por un préstamo personal serían 15 años, si fuera hipotecario serían 20 años, pero hay otras cosas que prescriben a los 5 o 3 años, al año... en fin, depende.

De todas formas, si reciben cualquier notificación de un juzgado, acudan inmediatamente a un abogado, no ignoren la notificación, pues pueden darles por notificados y celebrarse el juicio sin su presencia.

La verdad que 10000€ es una cantidad mas que razonable para reclamarla judicialmente, no creo que la dejen pasar y se quede en una reclamación amistosa, no? la deuda original era con cajamadrid, usted que opina sobre que la hayan pasado a una gestora de cobros, el difícil cobro? Sobre el tipo de deuda, no es hipotecaria,en el caso que fuese un préstamo personal, la prescripción serian 15 a partir de cuando? Muchas gracias por todo de nueco y siento las molestias, pero ando un poco preocupado. un saludo

No se preocupe, entiendo la situación.

Vamos a ver, el plazo sería de 15 años desde el momento en que se incumplió el pago y por tanto surge el derecho a reclamar por parte de la entidad.

El plan de pensiones supongo que lo tendría en otro sitio, ¿no?

En cuanto a que lo lleva una empresa de gestión de cobros... pues en fin, como ahora pertenece a Bankia y las cosas están como están... pues francamente, no tengo una opinión muy clara al respecto. Normalmente lo llevan empresas de recobro cuando la posibilidad de obtener algo vía judicial es más complicado ( económicamente) por diferentes motivos. Otras veces, simplemente les sale más barato contratar una empresa de este tipo que un despacho de abogados que les gestione las reclamaciones y otras veces lo que hacen es vender los derechos de crédito, es decir, venden la deuda y ahora es otro el acreedor. Desconozco qué habrán hecho en este caso.

Si de momento tan solo les ha llegado una carta por correo ordinario, nada... no tiene validez alguna a los efectos de reclamar nada.

Si les llaman por teléfono, pregunten todo lo preguntable, sobretodo, cuando se contrató, cuales eran las condiciones, desde cuando no se paga, etc... pueden indicar que la persona ha fallecido y que no tenía bienes ni nada, así que no hay herencia ( sin decir nada más sobre si se ha aceptado o renunciado) .

Por otro lado, como le comentaba, en el momento en que reciban o bien un burofax, o notificación notarial, o notificación judicial, acudan inmediatamente a un abogado. Quizá se pueda llegar a algún acuerdo. O que el abogado realice alguna triquiñuela legal por si cuela ;)

Mucho ánimo!

Muchas gracias de nuevo,el plan de pensiones era del fondpostal de altadis que creo que lo tienen en el bbva. Procurare indagar el origen y momento de incumplimiento del pago sin remover demasiado,haciendo cálculos diría que podría ser un préstamo anterior al 2007. Sabe usted como podría obtener esa información? De momento como la carta llego a nombre de mi padre lo dejare pasar mientras obtengo algo de información. Y ya en el caso de que nos lo reclamasen a nosotros,lo pondría en manos de un abogado para llegar a un acuerdo. Agradezco de veras lo que esta haciendo, le mantendré informado. Un saludo y gracias

Sin remover el asunto, solo con los documentos que pudiera tener su padre.

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