Consulta sobre herencia

Buenos días:

Mi duda es la siguiente, al fallecer mis abuelos sus bienes pasaron a mi padre y mi tío, únicos descendientes y herederos, ellos hicieron el reparto de los bienes pero no escrituraron nada (cada uno sabía lo que era suyo). Ahora ya han fallecido mi tío, su esposa  y mi padre.  Mi tío deja herederos a sus dos hijos, los cuales quieren ponerse sus bienes a su nombre.  Por nuestra parte, mi padre murió hace 4 años y medio y no se liquidó el impuesto de sucesiones (comunidad valenciana), aún vive mi madre y somos tres hermanos.

Mi pregunta es, ¿para ponerse mis primos los bienes a su nombre, hemos de ir a firmar a notaría los tres hermanos y mi madre?  ¿podemos tener algún problema por no haber liquidado el impuesto?

Muchísimas gracias.

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Me va a perdonar, pero desde sus abuelos el asunto ya está viciado jurídicamente hablando. El reparto de los bienes no se hace como a uno le parezca bien, sino que hay que seguir unas formalidades que estipula la ley.

Cuando falleció su abuelo, tenían que haber realizado la declaración de herederos, la aceptación de la herencia, el avalúo, el cuaderno particional, la partición y la inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad, por ese orden y con el rituario que establece el Código Civil.

¿Qué consecuencias tiene a día de hoy no haberlo hecho así?, pues que la herencia está "yacente", es decir, esperando a que legalmente se hagan los trámites, por mucho reparto que hicieran y aunque cada uno supiera lo que le correspondía.

Ya le anticipo que no van a poder inscribir nada a nombre de ninguno de los herederos, sino que tendrán que iniciar como le he señalado desde cero, y hacer los mismos trámites a continuación sobre los herederos que fallecieron.

Les aconsejo pongan el asunto en manos de un Abogado para que les indique toda la documentación que han de aportarle para llevar a buen puerto el asunto.

Ruego cierre y valore

Hola,

Había olvidado que si que hay una escritura de adjudicación de herencia a nombre de mi padre y mi tío, a partes iguales.

¿Con esto ya hemos avanzado un trámite?  ¿Qué nos queda?

Muchísimas gracias.

Para los trámites hereditarios que haga su tío, ustedes ya no tienen que hacer ningún trámite, las los patrimonios se han disgregado, salvo que existan bienes en proindiviso que lo único que se puede hacer en ese caso es inscribir a nombre de su tío y su padre (para lo que tendrán que llevar a cabo el trámite que le he indicado anteriormente para la sucesión.

Insisto que acudan a un despacho de Abogado para que les lleve a cabo todos los trámites.

Ruego cierre y valore

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