Herencia

- Hola..
Recibimos hace más o menos 6 años una herencia "la casa de mis padres".. Nosotros somos 4 hermanos, lo cual 3 incluida yo vivimos en otras casas, y un único hermano está viviendo en dicha casa (de mis padres).. Yo quisiera saber si 3 de mis hermanos se niegan a venderlo y yo quiero venderlo.. ¿cómo actúa la ley en este caso?.. ¿Obliga a mis hermanos a que se venda o por ser mayoría ellos no se puede vender?..
Gracias..
Respuesta
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El art. 400 del Código Civil, establece a su tenor literal que:
"Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad"
Consecuencia de ésto es que usted puede primeramente instar a sus hermanos por medio de un Requerimiento notarial o un Burofax con certificación de Texto y Acuse de Recibo que es mucho más barato (26€ por cada burofax), indicándoles que desea poner fin a su permanencia en la comunidad de bienes conforme al art.400 del Código Civil, y que les ofrece dos posibilidades:
1) Que le adquieran su parte correspondiente a 1/4 del bien tomando como valor el que un perito tasador oficial le otorgue.
2) Tendría que contratar los servicios de un Abogado y que éste en su nombre inste judicialmente la disolución de la comunidad de bienes y la subasta del inmueble. Sobre el remanente se le entregaría a usted 1/4 del importe final, descontados todos los gastos que correspondan, con el riesgo de que el bien pueda ser adjudicado a un tercero si no ejercitan el derecho de tanteo y retracto por un precio irrisorio por falta de pujadores. A sus hermanos les impondrían las costas procesales.
Como le he indicado, no hace falta mayoría para ejercitar los derechos que individualmente ya le concede la Ley.
Ruego cierre la pregunta y valore.

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