Duda con contrato

Voy a intentar ser claro y conciso.

Nuestro padre ha fallecido, dejando la herencia a partes iguales. Nuestra madre hace testamento (matrimonio de gananciales)dejando la vivienda a uno de nosotros, y las fincas para el otro.

Como actualmente (por el fallecimiento de nuestro padre) cada hermano, poseemos un 25% de cada propiedad, hemos redactado y firmado un contrato donde yo de doy a mi hermano la parte que me pertenece de mi padre de las fincas, a cambio de que el me da a mi, la parte que le pertenece de la casa. (todo para que en el futuro, cada uno tenga sus propiedades).

La duda comienza ahora, ya que a mi madre le han dicho en la notaria que el contrato no tiene falta de liquidarse ahora (en la oficina liquidadora), y a mi me han dicho en dicha oficina que debía de liquidarse ahora.

Bueno un lio, ¿puedes aconsejarme que hacer?

2 respuestas

Respuesta
1

Los actos generar la obligación de liquidar en el momento que se producen, es decir, si hay una permuta o la propia herencia, se ha de liquidar ahora el impuesto...

Un documento privado puede suponerle un problema en el futuro, como por ejemplo un embargo...

Agradecemos valoración de la respuesta.

Respuesta
1

Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, es la norma reguladora.

El art. 1.1 de dicha norma, es decir:

"1. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es
un tributo de naturaleza indirecta que, en los términos establecidos en los artículos
siguientes, gravará:

-Las transmisiones patrimoniales onerosas.
-Las operaciones societarias.
-Los actos jurídicos documentados"

Por consiguiente, han de liquidar dicho Impuesto en la Delegación de Hacienda.

Ruego cierre y valore

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