Duda herencia matrimonio sin hijos en régimen de separación de bienes ¿Quién hereda?

En enero de este año falleció mi tía política, y hace un mes falleció mi tío, hermano de mi madre, fallecida hace quince años. Creo que aún no habían acabado de arreglar la aceptación de herencia de mi tía, que supongo que además de a mi tío debía de tener de
herederos a su familia directa. Mi tía era la dueña del piso donde residían y
de una casa en Huelva, y mi tío heredó unos terrenos y un corral cuando ya
estaban casados. Mi tío también vendió un piso de su propiedad e invirtió el
dinero en mejoras en los pisos de mi tía. Además de poseer cuentas en común. Sé
que tenían testamento hecho, pero no sé si mis hermanos y yo (familia directa por parte de mi tío) seremos sus herederos, ya que hacía años que no teníamos relación. En caso de que sí que fuéramos herederos, ¿qué parte nos correspondería? ¿Y a los sobrinos por parte de
mi tía?

Respuesta
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Por lo que me dice, no existen lo que la Ley llama "herederos forzosos".

Por tanto, si como dice hicieron testamento, no les queda más remedio que pedirlo.

Porque pueden haber dejado su herencia a un amigo, a un vecino, a una ONG... a quien quisieran.

Y ni hermanos, ni sobrinos ni tíos, ni primos tendrían derecho a reclamar nada.

Han de conseguir certificado original de defunción. (Registro civil).

Con este certificado, van a la oficina de la secretaría judicial de su ciudad y solicitan el "certificado de últimas voluntades".

En este certificado les dirá el día que hicieron testamento y ante que notario.

Si hicieron varios en su vida, el válido es el más reciente.

Van al notario que se indique, y solicitan copia del testamento.

Dado que los testamentos son secretos, si el notario les da el testamento será porque ustedes estarán nombrados. Y en el testamento ya dirá lo que cada uno hereda.

Si la persona que solicita el testamento no está nombrada, el notario no les dará copia del testamento, y por tanto ya pueden olvidarse, porque no van a heredar.

Por otra parte, me dice que ustedes son los sobrinos.

Entiendo pues que sus padres han fallecido también.

Lo lógico es que si como usted dice han hecho testamento, nombraran a sus hermanos, por lo que les aconsejo lleven certificado de defunción de su padre (o madre), al solicitar la copia del testamento al notario.

Lo que cada uno heredará, será lo que se especifique en el testamento.

Muchísimas gracias por contestar tan rápido.

Unos familiares me comentaron que hace años mis tíos hicieron testamento y que como tenían separación de bienes, cada uno dejaba su parte además de al otro cónyuge, si este faltase a sus hermanos o sobrinos directos. Ya le digo que han pasado muchos años y no sabemos si esto fue así en su día o si posteriormente lo pudieron modificar.

Como bien dice deberemos solicitar una copia del testamento.

Tengo una duda sobre la separación de bienes...

En caso de que mis hermanos y yo fuéramos herederos de mi tío (mi madre, que era su hermana, ya ha fallecido), heredaríamos las propiedades que estuvieran sólo a su nombre? O también nos correspondería alguna parte de lo que él hubiera heredado de mi tía en el momento de su fallecimiento? Además no estoy segura de que hayan hecho la aceptación de herencia de mi tía porqué desgraciadamente entre un fallecimiento y otro han transcurrido pocos meses.

Un lío vaya...

Un saludo y gracias otra vez

Las herencias SON UN DERECHO, PERO NO SON UNA OBLIGACIÓN.

Es decir, que se pueden a aceptar pero también se pueden rechazar.

Y tanto una cosa como la otra ha de hacerse ante notario.

Si una persona fallece y deja al cónyuge, al hijo, al sobrino... etc un piso (por ejemplo), este ha de aceptarlo ante notario y con la escritura notarial es con lo que la presenta en el registro de la propiedad y pasa a ser propietario.

Porque el propietario es el propietario registral.

Así pues, los herederos de una persona, solo heredarán los bienes y derechos que a su nombre estén en el momento de su fallecimiento.

No sabemos si como usted dice, su tío heredó de su tía.

Porque la gente normalmente confundimos los términos y aquí hay que ser muy exacto.

Una persona fallece, y otra hereda... pero OJO, ... solo hereda si acepta la herencia ante notario.

Mientras no la acepte, no ha aceptado nada, ni es propietario de nada.

Por tanto, habrá que ver testamentos, pero aparte de ello, solo heredarán lo que estuviera a nombre de su tío.

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