Herencia en caso de asesinato

Un hombre asesina a su esposa y ambos tienen un hijo menor de edad. Mi duda es: ¿El hijo recibe alguna indemnización/herencia? Si se fuera a vivir con los abuelos maternos, ¿recibirían estos el dinero?

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En este caso se podría nombrar tutor a su abuelo y decidir el derecho de sucesiones para la posibilidad de heredar a beneficio de inventario, esto significa que, cuando recibimos de alguien unos bienes y unas deudas, estamos obligados a pagar estas últimas únicamente con el producto o el valor de los primeros, y no con todo nuestro patrimonio anterior. Esta posibilidad debe ejercerse expresamente, pues de lo contrario se sobreentiende que nos hacemos cargo de toda la deuda y debemos responder de ella con todos nuestros bienes, aunque la herencia neta pueda tener un valor negativo.

En algunas regiones españolas con fueros civiles especiales, como Aragón, el beneficio de inventario se sobreentiende sin necesidad de hacer esa manifestación específica ante el notario.

Hola Famontero, muchas gracias por tu respuesta.

Supongo que esto se sale del tema "herencias", o que se mezcla con otras cosas. Lo que no me queda claro es que ocurre cuando el padre entra en prisión. Es decir, al no estar muerto, no hay herencia, ¿no? Pero al mismo tiempo, entiendo que el homicida debe indemnizar a las víctimas o a sus famliares, en este caso el hijo. Mientras sea menor de edad, nombramos tutor a los abuelos pero en el momento en que el hijo cumpla la mayoría de edad, pasaría a disponer de la indemnización y entiendo que también de los bienes en caso de que el padre tuviera que recurrir a la casa, por ejemplo, para pagar esa indemnización... No sé si me explico...

Todos los bienes que había en el matrimonio al morir la madre esa parte pasa al hijo, pero la sentencia del asesinato la tendrías que llevar ante notario que es el que verdaderamente te va a decir la situación personalizada.

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