Heredero Incapacitado Judicialmente

Herendan varios sobrinos del fallecidio. Uno de ellos incapacitado judicialmente y tutelado por una persona ajena a la herencia. La herencia la componen cuentas, acciones y bienes inmuebles, respecto a estos últimos han acordado que se adjudiquen a uno de ellos compensando este al resto en metálico en el acto de adjudicación. ¿Qué pasos tiene que dar el tutor del incapaz para que se produzca la adjudicación de la forma más sencilla posible y que no haya problemas posteriores en el Registro de la Propiedad al inscribir los inmuebles?.

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El tutor deberá participar en el proceso sucesorio en representación del tutelado, según el art 271.4 código civil, el tutor necesita autorización judicial para aceptar sin beneficio de inventario cualquier herencia, o para repudiar ésta o las liberalidades, por lo que deberá obtener esa autorización judicial para la aceptación sin beneficio de inventario
Una vez aceptada la herencia deberá cuidar de que la partición no le perjudique, e intervenir en el acto de otorgamiento de la escritura de adjudicación de la herencia, con esa escritura de adjudicación se puede acceder al registro de la propiedad inscribiendo los bienes
Muchas gracias, pero una aclaración.
¿La adjudicación del piso a uno de los herederos compensando éste al resto con dinero se debe indicar expresamente al juez en la primera petición de autorización judicial o vale que el tutor lo acepte en el acto de otorgamiento (o incluso necesita otra autorización judicial diferente)?
Gracias y un cordial saludo,
Se trata de dos actos distintos, primero como te he comentado necesitas autorización judicial para aceptar sin beneficio de inventario una herencia en representación del tutelado
Si la partición de la herencia se hace por los herederos, se aplica también el art 272 del código civil: No necesitarán autorización judicial la partición de herencia ni la división de cosa común realizadas por el tutor, pero una vez practicadas requerirán aprobación judicial, esto es no se requiere una previa autorización judicial pero una vez realizada la partición es necesario la aprobación judicial

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