Herencia de abuela

Buenas, mi pregunta es la siguiente: Mi abuela falleció hace casi 3 años, ella es de málaga y nosotros de barcelona, no sabemos si ha dejado testamento, pero una hija que vivía con ella ha echo lo que ha querido con ella, y sabemos que tenia una casita y dinero en el banco, y la pregunta es ¿podemos hacer algo desde aquí, ya que mi padre no quiere mover el tema, y nosotros queremos moverlo, como funciona esto con el tema de abogados? Puesto que ahora estamos todos mal con el trabajo y los honorarios de un abogado son muy altos, ¿o podría el abogado cobrar los honorarios cuando se consiga algo de la herencia? Tengo entendido que esos son los mejores abogados, ¿cuándo cobran si pillan algo el tanto % de lo que haya de herencia es así? Muchas gracias y esperamos respuestas.

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Pues cuando una persona fallece, hay que hacer lo siguiente:
1- Conseguir certificado original de defunción.
2- Con ese certificado, ir a la secretaría del Ministerio de justicia y pedir "certificado de últimas voluntades".
En este certificado les dice si hizo o no testamento, y si hizo, ante que notario y en que fecha.
Si hizo varios, el válido es el último.
Si dejó testamento, se va al notario y se pide copia.
Si no hizo testamento, los herederos son los hijos a partes iguales.
Respecto a mover el tema, desde luego, que todo ha de ser con el consentimiento de su padre. Porque su padre es el heredero. No ustedes.
Pero lo que le corresponda a su padre, les corresponde a ustedes, cuando su padre fallezca. Tampoco tienen porqué perderlo.
Además, que el dinero, a lo mejor, se lo ha quedado su tía, (reclamable, por supuesto), Pero la casa, jamás podrá ponerla a su nombre, ni hacer nada con ella. Porque nunca será propietaria, mientras no acepte la herencia y no puede aceptarla sin estar presentes y firmando los demás herederos.
Osea que si su padre no acepta la herencia, les deja a ustedes un problema para cuando fallezca, que además, les va a costar mucho dinero y preocupaciones.
Más les vale convencerlo para arreglar el tema ahora.
De momento, para todo lo que tienen que hacer no necesitan abogado.
Solo les hará falta cuando su padre fallezca sin haber aceptado la herencia o si después su tía se niega a repartir. Y contra más tiempo pase, peor.
Bueno, si tienen alguna duda me la consultan.

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