Testamento imprevisible

Vivo en Catalunya. Mi padre murió. En el mismo notario y el mismo día que firmamos la aceptación de la herencia (AH), mi madre hizo su testamento. Al los 5 años murió mi madre. Nos enteramos que durante ese tiempo había hecho, en otra notaría, otros 2 testamentos. Más sorpresa tuvimos cuando leímos el último, le trascribo lo más destacable: "... A mi hija mayor (mi hermana) le dejo solamente la mitad de la casa de Barcelona; ya que por su parte sólo he recibido abandono y maltrato psíquico, pasando incluso un año sin saber ni importarle nada de mí... Y para ser justa, a mi otra hija (yo) le dejo la otra mitad de esa misma casa, y el resto de mis propiedades (otra casa en Girona) nombrándola heredera universal de todos mis bienes, ya que nunca pidió nada y nada recibió... A mis (hijos de mi hermana) no les dejo nada y no quiero que tengan ni un pequeño recuerdo, puesto que nunca mostraron cariño hacia ella y su marido (mi padre)...".
Mi hermana, ya de por si desagradable, se mostró colérica y pleiteante.
Luego supe que mientras mi madre agonizaba en el hospital, fue a casa de mis padres y se llevó las joyas. Al preguntarle sobre ellas dijo: ... Se las habrá llevado alguna mora. Despectiva y mentirosa no mostró preocupación por las joyas; algo muy raro, más en ella.
Quiso impugnar el testamento, pero el 50% de la propiedad que heredó era muy superior a la legítima.
En la cuenta corriente (CC) de mi madre, las tres éramos titulares, ahí estaban domiciliados todos los recibos. Con fecha de defunción de mi madre quedó retenida su 3ª parte hasta presentación del original de la AH. Un día me llamó el director de la oficina de mi madre, a la que conocía bien, para aconsejarme hacer una carta solicitando: el bloqueo de la cuenta, excepto para pagar las domiciliaciones, a causa de desavenencias en el reparto de la herencia, puesto que mi hermana había intentado sacar todo el dinero disponible desde otra oficina. Al ir con su DNI, sin libreta y con un saldo retenido, hizo que el empleado avisara a la oficina a la que pertenecía.
Fue creando nerviosismo y empezó amenazando con denuncias y otras bobadas. A mi me aconsejaron que, al ser yo la heredera universal y heredar el ajuar, cambiara las cerraduras por el antecedente de las joyas y la actitud con la CC. Tenía derecho a proteger lo que había dentro.
De la casa de Girona tiene el 6,25%. Quiero comprárselo, pero no quiere vender hasta tener las llaves de las dos casas, cosa que no quiero, no hay nada suyo dentro. El precio que me pide es superior al de la tasación oficial que se hizo y yo se lo acepto, o sea, cedo.
También quiere SU tercera parte del dinero de la CC que yo bloqueé. En ella se siguieron pagando únicamente los recibos de la casa de Barcelona. Desde que se acabó el dinero de la cuenta común, sólo yo me hago cargo de los gastos. No paga los gastos de la casa de Barcelona porque no tiene las llaves. Yo no hago uso, sólo voy de vez en cuando para abrir cajones, armarios y no tirar cosas sentimentales. Tengo miedo que cualquiera de mis 3 sobrinos se colara y luego...
? ¿Me puedo negar, de forma legal, a dar las llaves de la casa de Barcelona? Y ¿Las de la casa de Girona (6,25%). No tienen nada suyo ni facturas de nada que pueda ser suyo.
? ¿Ha de pagar el 6,25% de los gastos que genera la casa de Girona?
? ¿El dinero de la cuenta lo ha de cobrar? Sirvió para pagar los gastos de la casa de Barcelona. Yo no lo cobré. Sólo cobré el de mi madre.
? ¿Cuándo vendamos la casa de Barcelona, ¿podré recuperar el dinero que he ido poniendo en la cuenta al valor del dinero de entonces?
Tengo un sueldo medio y mantener mi casa, mi hipoteca, más las otras 2 viviendas, me deja en unas condiciones apuradas para el día a día. Perdón por la extensión.

1 respuesta

Respuesta
1
En primer lugar pedir disculpas si se me pasa algo por alto, pero más que una pregunta parece una declaración en toda regla, (es broma).
¿Han aceptado la herencia de tu madre?
Si no la han aceptado nadie tiene derecho a nada.
Si la han aceptado, quien recibió la legitima, tiene derecho a 1/6 parte del valor de todo si son solo 2 herederos. Si la parte de la casa que le toca tiene una valor igual o superior a la legitima, no tiene derecho a reclamar nada.
Dime si esto te aclara algo de tus dudas y que más quieres preguntar.
Te agradezco que hayas tragado la declaración. Era sobretodo para situar la historia (y yo que soy muy "literata" de pacotilla), lo siento.
Sí la aceptación de la herencia la hicimos. Somos propietarias al 50% de la casa de Barcelona y de la casa de Girona ella tiene 6,25% que se adjudicó (también me lo adjudicó a mi) cuando murió mi padre. Osea de una somo 50% y de la otra yo el 93,75% y ella el 6,25%. Siendo yo heredera universal.
Concretando,
1)Siendo yo la heredera universal ¿qué derechos me da sobre el interior de las casas (sin usufructuarlas, ni alquiler ni nada?
2)¿Me puedo negar, de forma legal, a dar las llaves de la casa de Barcelona (al 50%) Y ¿las de la casa de Girona (6,25%). Dentro de las casas no tienen nada suyo ni facturas de nada que pueda ser suyo?
3)¿Ha de pagar el 6,25% de los gastos que genera la casa de Girona?
4)¿El dinero de nuestra cuenta lo ha de cobrar? Sirvió para pagar los gastos de la casa de Barcelona. Yo no lo cobré. ¿Sólo cobré el de mi madre?
5)¿Cuándo vendamos la casa de Barcelona, ¿podré recuperar el dinero que he ido poniendo en la cuenta al valor del dinero de entonces?
Sería interesante que me aclararas, si es posible, el HECHO de ser Heredera Universal.
Muchas gracias por tu diligencia, espero tu respuesta.
Por partes
Después de la aceptación viene la adjudicación y disolución de condominio, por lo que se le asignaría a cada uno lo suyo. Mientras, aunque en diferente proporción, todas son dueñas de todo. Mejor definan y adjudiquensen lo que les toca a cada una y todo les ira mejor.
Los gastos se deducen antes de designar el caudal heredirario de manera que si la herencia tiene un valor de 1000 euros y de gastos de notaria y gestión son 200, se repartirían 800. O mejor explicado. ¿Tu padre de 1000? Y cada una recibe en su proporción, pero también paga en su proporción( notaria, impuestos etc)
¿Más?
Seguramente no me sé explicar, a ver si ahora soy capaz.
Toda la herencia está aceptada, adjudicada, pagado registros de propiedad, plusvalía, notario, impuestos...
La casa de Barcelona no la vendemos todavía ya que en Catalunya el impuesto de sucesión es altísimo. Al haber sido residencia habitual de mi madre sólo pagamos el 5% del impuesto mientras no la vendamos antes de 5 años ya que si lo hiciéramos nos harían pagar el 95% restante del impuesto.
La casa de Girona mi hermana me la tiene paralizada; ya que su 6,25% lo quiere cobrar a más de lo que toca, cosa que acepto, para ver si así acaba antes esta situación. El problema es que además de la cantidad que pide, reclama también las llaves de las casas (ya te he dicho que ella no tiene nada dentro), y esas casas están llenas de antigüedades, cuadros y objetos que además que yo no quiero que se lleven, mi madre deja escrito en su testamento que no quiere que sus nietos tengan ni "el más mínimo recuerdo". Ambas casas están llenas de cosas golosas. Incluso serían capaces de entrar e instalarse
¡Ojala pudiéramos definir! Y sí que nos iría mejor, ya el testamento no deja dudas, pero...
A los gastos que me refiero son a los que yo pago al 100% (ella no paga nada) de la casa de Barcelona, los de Girona también los pago yo, pero ¿debe ella, cuando le compre su 6,25%.
1)¿Qué derechos me da ser heredera universal sobre el interior de las casas (sin usufructuarlas, ni alquiler ni nada?
2)¿Me puedo negar, de forma legal, a dar las llaves de ninguna de las casas?
Sería interesante que me aclararas, si es posible, el HECHO de ser Heredera Universal ¿qué me representa?
De nuevo gracias por tu celeridad y dedicación.
Me gustas como experta y agradezco tu esfuerzo, pero me gustaría que me aclararas el último intento de hacerme entender, que esta colgada de las preguntas.
Gracias

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas