¡Herencia a un menor y legitima¡

Recientemente falleció mi suegro y ha dejado de heredero a mi hijo menor de edad y a mi cuñado y la legitima a mi marido, la herencia es una casa es decir un inmueble, mi marido quisiera cobrar ya la legitima, ¿cómo tiene que pedirla?
¿Cómo tiene que pagarle la legitima su hermano el heredero? Pues la casa no se ha vendido todavía, ¿esta obligado a su hermano a pagárselo ya? Es que quisiéramos pagar con esa legitima la aceptación de la herencia de el otro heredero que es nuestro hijo menor ya que carecemos de ingresos suficientes para aceptarla es decir para impuestos de sucesión notario etc..
Si pudieran asesorarme por favor contestándome, se lo agradedceria.

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Hya 6 meses para pagar el impuesto de sucesiones sin ningún tipo de recargo. Además ese impuesto se puede pagar e varias veces.
Lo lógico es vender el inmueble, si uno de los herederos quiere quedarse con el hacer una tasación pericial y estimar el valor, entonces tendía que compraros vuestra parte.
Mi cuñado tiene la llave de el inmueble y no nos la quiere dar, es decir hacernos copia hasta que aceptemos la herencia. ¿Esta en su derecho o no tiene razón?
¿Por otra parte el ba demorando la lectura del testamento para aceptar la herencia .podemos hacerlo nosotros por nuestra parte y así obligarle a darnos la llave?
El impuesto de sucesiones lo podríais pagar, puesto que vais con vuestra copia del testamento, pero para poner el inmueble a vuestro nombre tenéis que ir al notario todos para hacer las nuevas escrituras de propiedad.
Perdona que te pregunte otra vez, pero el esta obligado o no a darnos la llave, el no quiere dárnosla y entra en la casa cuando quiere y nosotros no podemos .. es mozo de escuadra y se vale de ello para intimidarnos o eso se cree el..
Gracias por contestar un saludo
Si sois propietarios deberéis de tener todos llave, y más si no es su residencia habitual.
El día que vallamos a aceptar la herencia, ¿tenemos qué pagar algo? ¿O podemos pagar en otro momento?
¿Siendo uno de los herederos menor de edad también tiene que pagar?
El día que aceptéis la herencia no se paga,. Se paga cuando presentéis el correspondiente impuesto de sucesiones en vuestra comunidad autónoma.

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