¿Cómo se reparten las cuentas en un divorcio?

Me voy a divorciar. Estoy casada en régimen de gananciales. Una de las dudas que tengo es la siguiente: ¿El dinero de las cuentas que tenemos en común se reparte al 50% entre ambos cónyuges en su totalidad o lo que se reparte es el dinero que hay en las cuentas desde la fecha de celebración de la boda? Me explico: mi marido abrió una cuenta a su nombre hace muchos años y ha ido ingresando dinero. Nos casamos el 18 de julio de 2009 y me incluyó como titular en esa cuenta. Entonces ¿me corresponde la mitad del total del dinero, el acumulado desde que él abrió la cuenta, o el acumulado desde la boda hasta día de hoy?
Otra pregunta: tenemos un coche adquirido hace dos años. Yo tengo carnet de conducir pero nunca conduzco, pues me da miedo. Sólo lo conduce él. ¿Podría reclamar a mi marido la mitad del valor del coche y que se lo quede él? Él dice que no está dispuesto a pagármelo, que va a alegar que el coche es de los dos y que yo tengo carnet y que está a mi entera disposición. Que el problema es mío si no quiero conducir. ¿Podría reclamárselo o tengo las de perder?

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A usted le corresponde la mitad de todo lo que se haya adquirido durante el matrimonio.
Respecto a la cuenta lo que se haya ahorrado en esa fecha. Podría reclamar la mitad del valor actualdel coche.
www.ortizcondeabogadosblog.com

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