Pensión

12/06/2007
Hola estoy divorciado y tengo n hijo de 16 años, me acaba de comunicar su madre que va a empezar a trabajar en verano en la construcción, con el fin de motivarle para que estudie, puesto que no le va bien en ellos, un mal endémico, yo paso religiosamente la pensión de alimentos. ¿Tengo qué seguir pasándola? El contrato va a ser de aprendizaje y en principio solo para el verano, que tengo que hacer si no tengo que pasarla, ir al juzgado, con abogado, acuerdo con la madre, etc, un saludo

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No, su deber para seguir con la pensión es hasta que su hijo cumpla la mayor edad. Una vez cumplida la mayor edad, puede dejar de pasar pensión notificando por escrito al Juez que sentenció, excepto si su hijo sigue estudiando, lo que puede alargar la pensión hasta por 5 o 6 años más dependiendo de la carrera elegida.
Pero por lo pronto sigue teniendo usted el deber de dar pensión.

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