Embargo

Hola. Mi duda, y a la vez mi problema, es que debido a un impago de un impuesto han embargado mi casa y saldrá en un futuro a subasta. Mi pregunta en concreto es si es necesario que recurran a la misma vivienda en vez de otra propiedad, una plaza de garaje en concreto, que cubre con mucho la cantidad debida. Nos han dicho que es lo habitual, pero a mi no me parece lo más lógico.
Le agradecería enormemente su ayuda, pues como puede comprender es un asunto importante. Muchas gracias por su interés.

1 respuesta

Respuesta
1
Este es un tema de carácter jurídico más que de administración de fincas, no obstante, puedo indicarle que cuando Vd. debe alguna cantidad a las Administraciones (Estatales, Autonómicas o Locales) y se ha llegado hasta la anotación preventiva de embargo, es difícil cambiar el rumbo de las cosas.
Las Administraciones tienen un orden de prelación a la hora de embargar: primero el dinero existente en cajas y bancos, luego joyas y objetos de arte, . . . hasta llegar a los bienes inmuebles en donde cogen el que más les interesa a ellos y no a Vd. Lo que pretenden es cobrar la deuda y con las máximas garantías, de ahí que embarguen la casa (que vale mucho más por lo que dice) y así seguro que aunque tenga bajarse el precio de salida, siempre tendrán la deuda cubierta. A Vd. le devolverán "el cambio" que, con los intereses, costas y gastos, seguro que será poco -si queda algo-
Las ultimas disposiciones respecto a subastas, le permiten pagar la deuda (y todos los gastos) hasta el último momento. Le recomiendo venda la plaza de garaje y pague la deuda para evitar la subasta de la casa. Otra recomendación: En un tema tan importante, debe Vd. ponerse en manos de un abogado que le aconsejara mejor que yo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas