Comisión cancelacio en hipoteca
Buenas trades,
Estamos a punto de firmar la hipoteca de una vivienda que nos hemos comprado mi novia y yo. Nos vamos a subrogar a la hipoteca del promotor que se constituyo en agosto de 2006 si bien nos realizan una novación para poder pedir más cantidad que lo que figuraba en la primera hipoteca.
En el banco nos han dicho que no hay comisión de cancelación parcial y que hay una comisión de cancelación total del 0.5% durante los primeros 5 años y del 0.25% durante los siguientes. Esto coincide con la "compensación por desistimiento" que pone en la ley de diciembre de 2007. Sin embargo en la documentación que nos ha mandado la gestoría para la firma de la hipoteca pone "comisión de cancelación parcial 0" y "comisión de cancelación total 1".
Lo que quiero saber es si esas condiciones que se recogen en la nueva ley son de aplicación a mi hipoteca puesto que en la ley se indica que es aplicable a hipotecas formalizadas con posterioridad al 9 de diciembre de 2007. Es decir, no se si la fecha de formalización de mi hipoteca va a ser la que firme dentro de unos días o es la fecha con la que la firmo el promotor en agosto de 2006.
A parte de que reclamare que modifiquen esa comisión de cancelación total antes de firmar, quiero estar seguro de si me puedo acoger a esta ley para obligarles a cambiarlo si me empiezan a contar historias que a mi se me puedan escapar
Muchas gracia por tu atención y un saludo
Estamos a punto de firmar la hipoteca de una vivienda que nos hemos comprado mi novia y yo. Nos vamos a subrogar a la hipoteca del promotor que se constituyo en agosto de 2006 si bien nos realizan una novación para poder pedir más cantidad que lo que figuraba en la primera hipoteca.
En el banco nos han dicho que no hay comisión de cancelación parcial y que hay una comisión de cancelación total del 0.5% durante los primeros 5 años y del 0.25% durante los siguientes. Esto coincide con la "compensación por desistimiento" que pone en la ley de diciembre de 2007. Sin embargo en la documentación que nos ha mandado la gestoría para la firma de la hipoteca pone "comisión de cancelación parcial 0" y "comisión de cancelación total 1".
Lo que quiero saber es si esas condiciones que se recogen en la nueva ley son de aplicación a mi hipoteca puesto que en la ley se indica que es aplicable a hipotecas formalizadas con posterioridad al 9 de diciembre de 2007. Es decir, no se si la fecha de formalización de mi hipoteca va a ser la que firme dentro de unos días o es la fecha con la que la firmo el promotor en agosto de 2006.
A parte de que reclamare que modifiquen esa comisión de cancelación total antes de firmar, quiero estar seguro de si me puedo acoger a esta ley para obligarles a cambiarlo si me empiezan a contar historias que a mi se me puedan escapar
Muchas gracia por tu atención y un saludo
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Respuesta de nacholon
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