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Hola sabría alguien contestarme a mi pregunta vivo en un bloque de 18 viviendas, la de la primera planta 15 entran por el portal y 3 bajos tienen entrada individual, te aclaro un poco los contadores de luz y agua de estas tres viviendas están dentro del portal también la antana colectiva, el seguro de la vivienda es para las 18 viviendas y tienen acceso a la azotea por el portal pero no hacen uso de ello de lo único que no se benefician es de la limpiadora pues como no usan las azoteas para tender no entran por el portal tienen derecho a pagar la misma cuota que los vecinos de la primera planta gracias

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Pedirles las Normas al Presidente o Administrador, si lo tenéis, es buena idea para salir de dudas. No deben negarse a darte una fotocopia. También puedes pedir una "copia literal" al Registro de la Propiedad, si eres propietario. Actualmente, en la escritura de Compraventa de cada piso suelen copiarse.
Por otra parte, siempre puedes pedir, mediante escrito al Presidente, que en el orden del día de la próxima Junta se trate el punto de "Modificación del reparto de gastos y asignación de las nuevas cuotas". Allí tratáis de llegar a un acuerdo para que determinadas partidas se paguen entre todos o solo las viviendas interiores.
Decirte que en el libro e accta no dice nada de eso y si de la cuota que pagaría cada vivienda de todas formas les pediré las escrituras para ver su cuota de participación no te parece o si no clarame que debo de hacer gracias
La pregunta es confusa, pero creo que quieres saber que tienen que pagar unos y otros.
Lo primero: Leer los estatutos y normas contenidas en la escritura de División horizontal, también el reglamento de régimen interior, si existe, y cualquier acta que hubiera acordado algo al respecto.
Segundo: No confundir el DERECHO A USAR con el USO en sí. La Ley, en general, lo que da es EL DERECHO, si no se dice lo contrario en esos documentos.
En general: Si lo estatutos o acuerdo de comunidad no dice lo contrario, TODOS PAGAN TODO CON ARREGLO A SU CUOTA EN LA ESCRITURA, aunque no lo usen, porque el "DERECHO" AL USO SI QUE LO TIENEN y nadie se lo puede impedir.
Puede que la escritura o una acuerdo UNÁNIME de la Junta General, los exima de algo, p.e., la limpieza del portal y escalera, o que diga que se paguen por igual. ESE ACUERDO SERIA VÁLIDO hasta que otra junta lo anule.
Si no quieres nada más, finaliza la pregunta dando a votar, aunque sea para mal. Si lo necesitas podrás preguntar más tarde.

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