Embargo de nómina por deuda contraída

Somos tres personas con una deuda contraída por el impago del alquiler de un local. Fuimos desahuciados y a continuación procedieron a embargar la parte de la nómina de cada uno. La cantidad que estamos apagando lógicamente es de acuerdo a la cuantía de la nómina que tiene cada uno de nosotros y mi pregunta es:

¿Se divide la deuda en tres partes y cada uno de nosotros asume la suya?

¿Cómo saber la cantidad que todavía adeuda cada uno de nosotros?

¿A dónde debemos de acudir para averiguar este dato? La comunicación vino del Juzgado pero la orden es de Hacienda y no sabemos adónde debemos de dirigirnos para obtener esta información.

Muchas gracias a toda la comunidad de TODOEXPERTOS

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Normalmente estas deudas son solidarias y por lo tanto, todos responden por el total... es decir, seguirán embargando las nominas de todos, mientras hay deuda pendiente de pago. Incluso si alguno pierde el trabajo, seguirán embargando nominas de los demás.

Ustedes luego, pueden reclamar el importe que no les corresponda haber pagado al resto de los socios.

Deberían personarse en el procedimiento judicial, para saber la resolución judicial y ademas, personarse en la Agencia Tributaria, para determinar el importe exacto de la deuda pendiente.

Muchas gracias por la dedicación a mi pregunta. El tema es de mi hiji. Se la trasladaré y si tiene alguna duda, seguiré abusando de su amabilidad.

Un cordial saludo

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