Dudas sobre pago plusvalía municipal piso

¿Hay qué pagar la plusvalía municipal de un piso adjudicado por sentencia judicial a uno de los herederos, en una herencia de primer grado?.

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La plusvalía se genera solo por haber una transmisión, sea del modo que sea, aunque hay alguna excepción...

Pero las adquisiciones por vía de herencia si pagan plusvalía municipal. Y ademas, es obligatoria para que se registre en el Registro de la Propiedad.

Hay un detalle importante, que es que la mitad del piso en herencia no ha sido adquirido, sino adjudicado mediante sentencia judicial.

El Registro, en el momento de inscribir, solo se interesó por si había sido pagado el Impuesto de Sucesiones, sin cuyo requisito no lo hubiera inscrito, como así lo hizo, al demostrar haberse efectuado dicho pago.

Hay un cambio de titular y por lo tanto el Ayuntamiento tiene derecho a cobrar la plusvalía municipal. Como le hemos indicado, en muy pocos casos, como una disolución de la sociedad de gananciales y con ciertos requisitos, no se paga plusvalía.

En cualquier caso, un abogado le estudiara su caso concreto y si hay forma de evitar este pago...

Actualmente el registro de la propiedad lo esta pidiendo, pero como todo, no siempre lo hace.

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