IRPF y Extinción de condominio

Hola, espero podáis ayudarme.

Me divorcié en el año 2005. Mi ex marido se quedó el piso con la carga hipotecaria, y yo en la extinción de condominio, recibí por parte de él, 4.000 euros, que es lo que me correspondía deducida la carga hipotecaria. En el año 2006, me compre un piso, del cual estoy pagando hipoteca. Aquí vienen las dudas.

Yo no declaré esos 4.000 euros a Hacienda. Entonces, para Hacienda, consta como que yo tengo dos viviendas ¿? Lo veo en las declaraciones, en las que sigue reflejándose que tengo un 50% de esa vivienda, y un 100% de la vivienda habitual ( La que yo me compré y en la que estoy viviendo)

Qué es lo que debo hacer, para que ya no salga reflejado ese 50%? Debo declarar ahora, que recibí esos 4000 euros? Puedo hacerlo? Debo?

Espero que podáis ayudarme. Gracias de antemano.

Respuesta
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Pues mira no tienes porqué declararlos si no has tenido ninguna reclamación de hacienda, te aparece el 50% porque supongo que no habrán hecho el cambio en el catastro de la situación del inmueble, si tienes copia de la escritura de extinción de condominio te recomendaría que fueras al catastro y la pongas bien.

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