Contabilización de nomina de socio

Tengo que contabilizar la nómina de un socio que tiene su correspondiente retención y no tiene seguros sociales ya que lo paga por su cuota de autónomo. Me surge la duda de la cuenta de gasto a la que va. 607 o 623.

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Pues mira el sueldo se contabilizaría así:

640 Sueldos y salarios

A 4751 h.p.acreedora por retenciones

465 Remuneraciones pendientes de pago

465 a 570 o 572 por el pago en función de como se pague.

De todas formas ha cambiado la legislación en cuanto a la deducibilidad de este gasto en el impuesto de sociedades y te obligan a que dicha remuneración esté incluida en los estatutos de constitución de la sociedad en caso contrario no sería deducible.

Te recomiendo que leas este link que te dejo y lo apliques a tu caso.

http://canalasesor.wke.es/ver_detalleArt.asp?idArt=62633&action=ver

Buenos días:

Muchas gracias. Solamente una aclaración, por favor.

En el caso de que en lugar de una nómina, el socio hiciera una factura a la empresa (su empresa), ¿Qué tendría que hacer?. Por lo que he leído, los socios no pueden hacer facturas a su empresa, si se cumplen una serie de condiciones (que vaya diariamente a un centro de trabajo, que trabaje una serie de horas, que cobre todos los meses lo mismo,...) En ese caso han de hacerse una nómina. Evidentemente en este, como en casi todos los casos, el socio le dedica más tiempo del que marca la jornada laboral. Además no cobra todos los meses lo mismo, ya hace disposiciones a su libre albedrío. Algunas facturas incluso las cobra por su cuenta bancaria personal.

En el caso de la factura, ¿Debería llevarse el gasto a la 607 o 623? ¿La contrapartida sería una 400 del socio, o sería la 551?

Y una cosa más por favor. ¿Donde puedo encontrar respuesta a todas estas dudas que me surgen? Terminé la carrera hace mucho tiempo, y siempre he llevado Dptos de Administración, pero nunca he tenido que picar asientos y me surgen muchas dudas, como las que le planteo en estos mensajes. Por supuesto no es que no me fie de lo que me dice, pero me gustaría tener un lugar en internet o libro, donde pudiera resolver estas cuestiones. ¿Me podría decir alguno, por favor?

Eternamente agradecido,

Un Saludo,

Pues mira en el caso de emitir factura sería lógicamente 607 pero ojo, no sé yo hasta que punto hacienda te lo permitiría además piensa que de poderse hacer así, lo que deberías hacer es presentar trimestralmente las declaraciones de tu socio ya que estaría haciendo una actividad económica para su sociedad y nacerían las correspondientes obligaciones.

Por otro lado y para lo que me dices hay multitud de páginas en internet yo desde aquí no te puedo recomendar una en concreto lo que te recomiendo es que cuando te surja una duda consultes en varias de ellas y escojas la más coherente y en caso de elegir una piensa que de cara a una inspección de hacienda vas a poder justificar tu elección con soporte legislativo, en caso contrario no estarías realizando bien tu trabajo ya que no podrías defender la coherencia que mantienes a la hora de realizar la contabilidad de la empresa.

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