Venta de piso a través de inmobiliaria

Voy a vender un piso de mi propiedad y la inmobiliaria que me ha gestionado la venta me ha dicho que me puedo desgravar el iva de la comisión que ellos me cobran (la comisión es el 3% del precio de venta, y el IVA el 18% de esa comisión), ¿es eso cierto?

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Efectivamente al vender un inmueble el valor de transmisión que deberá tener en cuenta para calcular la variación patrimonial (ganancia o pérdida) estará formado por:
Valor de venta menos comisiones pagadas por cualquier intermediario (la inmobiliaria en su caso incluyendo el IVA si no actúa como empresario o profesional) y menos tributos pagados (Incremento de Valor de Terrenos de naturaleza Urbana, antigua Plusvalía).
Por tanto no es que se pueda "desgravar" el IVA de la comisión, es que puede deducirse del valor de venta la comisión pagada, incluyendo el IVA, si la venta la realiza como persona física y no actúa como empresario o profesional.
Posteriormente recuerde que deberá calcular la variación patrimonial por venta de vivienda por diferencia entre el valor de transmisión (menos los gastos ya comentados) y el valor de adquisición (formado por el precio de compra más todos los gastos derivados de la compra, y actualizado todo en función de unos índices correctores). Salvo que se acoja a la exención por reinversión si se trata de su vivienda habitual.

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