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Hola buenos días, mi duda es la siguiente: en un matrimonio ella hace la declaración y se incluye el préstamo hipotecario (todo) y a los dos hijos; ¿El otro cónyuge al hacer ahora la declaración puede incluir también el préstamo hipotecario? ¿Y a los hijos? Gracias anticipadas, espero la respuesta

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La forma de declaración que planteas no es posible. La Ley del IRPF prevé dos modelidades de unidad familiar (que son la que permiten presentar declaración conjunta): la formada por los cónyuges no separados legalmente y sus hijos menores de edad o mayores incapacitados judicialmente; y en los casos de separación legal o ausencia de matrimonio, la formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con él/ella.
De lo anterior se desprende que si no existe separación legal, si se opta por tributación conjunta (incluyendo a los hijos) en la declaración deben incluirse TODOS los miembros de la unidad familiar: no es posible dejar fuera al marido y que éste presente declaración individual.
En cuanto al préstamo hipotecario, cada cónyuge puede deducir la parte correspondiente a la inversión que haya realizado durante el ejercicio: si presentan declaración conjunta, podrá considerarse la totalidad de la inversión (con los límites de base de deducción establecidos en la ley del impuesto), y si la presentan individual, cada uno podrá consignar la mitad de la inversión total (en caso de que ambos participen el pago de la hipoteca).
En conclusión, la declaración de ella omitiendo al marido es incorrecta. Si ya la ha presentado deberá presentar declaración complementaria, que podrá ser individual (excluyendo a los hijos) o conjunta (incluyendo al marido).
Lo anterior se refiere al hecho de que tu pregunta plantee la inclusión de los hijos como unidad familiar (declaración conjunta). Si te refieres a incluir a los hijos a efectos del cálculo del mínimo familiar estaríamos hablando de dos declaraciones individuales. En ese caso, los importes correspondientes al mínimo familiar según el número de hijos debe dividirse entre los dos cónyuges. En cuanto al préstamo, la solución sería la misma: si ambos han participado en el pago de la hipoteca, la deducción debe dividirse entre los dos, no es posible que uno solo se aplique la totalidad.

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