IRPF paga extra no cobrada

Hola,
Mi empresa tiene problemas económicos y no han podido pagar la extra de navidad, queda pendiente de cobro para cuando sea posible. Mi pregunta es si aunque no la cobre y ya que pronto se tiene que hace el comunicado a hacienda de los devengos del año ¿debe incluirse también este importe? ¿Está la empresa obligada igualmente a pagar a Hacienda la teórica retención? Y ¿Si para cuando deba hacer la declaración no la hubiera cobrado, que sucede, como se cuenta?
Gracias por su respuesta

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En principio, se tiene que declarar los importes, aunque no estén pagados, en hacienda y por lo tanto pagar la retención... Pero si la empresa no tiene dinero, entendemos que no lo realizara, quedando pendiente para el año siguiente...
Si se no ha cobrado y aparece en el certificado cuando llegue el momento, le recomendamos se ponga en manos de un abogado.
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