Compra vivienda

Buenos días,
Soy titular del 50% de una vivienda y pretendo adquirir el 100% después del 1 de enero de 2011. ¿Podré seguir beneficiándome de la desgravación por vivienda aunque la compra de la misma tenga lugar a partir de la fecha mencionada? ¿Al adquirir el 100% perdería este beneficio fiscal, pues formalizaré las escrituras una vez la deducción ya no esté en vigor?
Muchas gracias.

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En principio, y mientras no cambien la propuesta de ley que existe ahora, podrás seguir deduciéndote por la cantidad que corresponda al 50% que compraste y no podrás deducirte por la cantidad que corresponda al 50% que adquieras en el 2011.
¿Por qué no puedes escriturar ahora?
Pues porque tenemos que hacer antes una serie de trámites que tardarán un tiempo, por lo que me será prácticamente imposible escriturar antes de enero.
Una última pregunta: me has indicado que podré seguir deduciéndome del 50% de la vivienda, ¿y el año que viene y siguientes también aunque este beneficio desaparezca por ley?
Gracias de nuevo!
Generalmente siempre ponen una disposición transitoria para que los que compraron en su momento puedan seguir deduciéndose, por lo que en principio te diría que si, aunque habrá que estar a lo que aprueben definitivamente.
Para deducirte por adquisición de vivienda no es estrictamente necesario que escritures antes, en tu caso puede bastar que compres por contrato privado, lleves ese contrato a liquidar a la hacienda autonómica por TPO antes del 31 de diciembre y luego, cuando hayas cumplido los tramites adecuados, lo eleves a escritura publica.

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