Empresa S.L.

En una escritura de una S.L. ¿qué diferencia hay entre administradores mancomunados y administradores solidarios?, ¿Y qué consecuencias tiene? Que es más aconsejable.
Gracias.

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Los matices devienen de la responsabilidad y la toma de decisiones
Solidarios . en general, la responsabilidad se puede reclamar a cualquiera o a a todos en cuanto a ella.
Mancomunada quiere decir que se le exigugira con arreglo a su participación cada uno. Pero su responsabilidad es solidaria frente al acreedor, en su caso.
Ej: los administradores solidarios las decisiones las puede tener cada uno y vincular a todos y por toda la deuda, los mancomunados se tiene que poner de acuerdo todos ellos para realizar cualquier acto jurídico con lo cual responderían todos y por totalidad de las responsabilidades, salvo que un/0s administrador/es se oponga/n a decisiones que desencadenen responsabilidad
Salvo mejor criterio
Y con la nota de la complejidad lo aquí expuesto esta descrito con las limitaciones de información y en términos generales sobre todo dependiendo de el tipo de responsabilidad si es panal administrativa, física, social, mercantil etc.

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