Indemnizaciones por incapacidad. ¿Cómo tributan?

Soy nuevo y hoy me he llevado una sorpresa al enterarme de lo siguiente.
             El año pasado, el 12-12-2009 me dieron la incapacidad total permanente. Osea el 55 % de la base imponible. También cobre una indemnización que tenemos contratada en nuestro trabajo con una compañía de seguros para jubilaciones anticipadas y un plan de pensiones privado con otra entidad.
        Estas cantidades las cobre netas ya que ellos mismos me hacían la retención. El asunto es si lo cobrado como indemnización y plan pensión lo tengo que declarar como incremento de lo ganado (sumárselo al sueldo 2009), con lo que me subiría la tabla de cotización y por lo tanto pagaría más de lo calculado solo con el sueldo.
        ¿Digo yo que eso seria como pagar dos veces por la indemnización y plan pensiones no? ... ¿Es esto cierto? ... ¿O esas cantidades pagan un tanto fijo y lo percibido no se declara como acumulado al sueldo?
                   Saludos. Creo haberme explicado bien.

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Vamos a ver no tiene que liarse. En primer lugar la incapacidad no mes un porcentaje de la Base Imponible, si que su grado de incapacidad es del 55%, que debe figiurar en su ndeclaración ded renta, ay que le proporciona una serie de beneficios.
En segundo lugar lo que haya cob rado de indemnización de la Compañía de Segxuros, si es por motivo de su incapacidad, erstá ajutomáticfamente exdento, ¿salvo qué supere los 150.000? Uros. Y lo que le hayan entregado como jubilación antcipada, no dejan de ser re3ndimientos irregulares que nse han producido en función de sus años de trabajo, y que tienen un 40% de descuento, al igual que la recuperación del que Plan de Pensiones si han transcurrido mmás de dos maños y un día, desde que lo hizo Vd. o la Empresa.
Dadas las circunstancias nuestra opinión es que se ponga en manos de un buen Asesor, para que le haga los cálculos en condiciones, o bien pida cita en la Administdración de Hacienda de su domicilioi y con todos sus papeles en la mano que le hagan la declaracón. Por nuestra parte nos inclinamos por la primera solución. Aunque sea a distancia nosotros tambiènj se la podemos hace, por un precio módico. Si nos da su conformidad nos pondríamnos en contacto con Vd. mediante un teléfono que nos proporcionaría y nos podría mnandar todos los papeles por correo.
Confiando haberle aclarado el asunto, nuestros cordiales saludos.

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