Recargo de equivalencia

Buenos días: Mi pregunta es la siguiente. Hace 10 meses mi marido abrió una tienda siendo autónomo. Estamos en el sistema de Recargo de Equivalencia y no pagamos módulos. ¿Cada trimestre llevamos las facturas al gestor para hacer la Declaración Trimestral del I.V.A. Es así como se debe de hacer o pagando el R.E no se tiene que hacer declaración de IVA cada trimestre?.
Porque he leído que no debemos de hacer declaración si se está en R.E, también es cierto que es sí estás en módulos. ¿Me puedes aclarar esta duda? Gracias.

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El hecho de estar en Recargo de Equivalencia exime de la obligación de presentar liquidaciones trimestrales de IVA. Si la actividad que ejercen reúne los requisitos del comercio minorista y abonan a sus proveedores el correspondiente recargo no deben de presentar liquidaciones de IVA. La única obligación que tendrán es la presentación del IRPF.

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