Extinción de condominio - Impuestos
Hola Experto.
Tengo una vivienda con mi hermana al 50% de la propiedad y al 50% de la hipoteca. Deseo venderla el 50% de mi propiedad y me han comentado que hacer extindición de condominio es lo más ventajoso y menos costoso. Aún así me surge un par de dudas que espero me puedas aclarar:
1: Para abaratar la operación, he leído que no es necesario que el banco me elimine del préstamo para poder realizar la extinción, aunque ésto suponga que siga apareciendo en la hipoteca, no obstante no tengo inconveniente y me compensa por no tener que incurrir en más gastos.
Por tanto la pregunta es: ¿El notario permitiría que se haga la extinción de condominio vendiendo yo el 50% de la propiedad y compensando éste valor con el 50% de la deuda pendiente, aunque el banco no me elimine como deudor?
2: En caso de que la pregunta nº 1 sea afirmativa.
- 2-A:¿De qué forma mi hermana se podrá desgravar del 100% del préstamo, por inversión en vivienda habitualM al hacer la Declaración de la Renta? Ya que sería ella la única que pagase el préstamo, aunque de cara al banco seguiríamos apareciendo los dos.
- 2-B: A su vez de ¿Qué forma puedo notificar yo a hacienda ésta operación para no tener problemas?, dado que al no ser ya mi vivienda, entiendo que no tengo derecho a desgravaciones, pese a que no haya salido del préstamo. Además con el dinero recibido por la operación, previsiblemente me compraré una casa y me gustaría poder desgravarme por ese nuevo préstamo, ya que esa pasaría a ser mi vivienda habitual.
Mil Gracias de ante mano!
Tengo una vivienda con mi hermana al 50% de la propiedad y al 50% de la hipoteca. Deseo venderla el 50% de mi propiedad y me han comentado que hacer extindición de condominio es lo más ventajoso y menos costoso. Aún así me surge un par de dudas que espero me puedas aclarar:
1: Para abaratar la operación, he leído que no es necesario que el banco me elimine del préstamo para poder realizar la extinción, aunque ésto suponga que siga apareciendo en la hipoteca, no obstante no tengo inconveniente y me compensa por no tener que incurrir en más gastos.
Por tanto la pregunta es: ¿El notario permitiría que se haga la extinción de condominio vendiendo yo el 50% de la propiedad y compensando éste valor con el 50% de la deuda pendiente, aunque el banco no me elimine como deudor?
2: En caso de que la pregunta nº 1 sea afirmativa.
- 2-A:¿De qué forma mi hermana se podrá desgravar del 100% del préstamo, por inversión en vivienda habitualM al hacer la Declaración de la Renta? Ya que sería ella la única que pagase el préstamo, aunque de cara al banco seguiríamos apareciendo los dos.
- 2-B: A su vez de ¿Qué forma puedo notificar yo a hacienda ésta operación para no tener problemas?, dado que al no ser ya mi vivienda, entiendo que no tengo derecho a desgravaciones, pese a que no haya salido del préstamo. Además con el dinero recibido por la operación, previsiblemente me compraré una casa y me gustaría poder desgravarme por ese nuevo préstamo, ya que esa pasaría a ser mi vivienda habitual.
Mil Gracias de ante mano!