Reinversión viv. Habitual. ¿Mejor PARCIAL o TOTAL?

Hola a todos,
he leído y he releído y no he visto la contestación a mi caso por eso la expongo aquí para ver si alguno tiene la solución:
* Vendí mi vivienda habitual en dic/07, donde he residido durante 8 años y he obtenido unas ganancias en la venta de (descontando gastos y hipoteca restante) unos 270.000 ? Aprox.
* He comprado una nueva vivienda que está en construcción que está prevista su entrega durante dic/08 - ene/09 aprox. (por tanto el espacio de tiempo que pasa es menor a los 2 años)
Hasta ahí todo correcto, yo debo reinvertir ese montante de dinero en la vivienda nueva para verme exento a tributar por ello (de hecho así lo indiqué en la declaración del 2007)
Peeeero, y siempre tiene que haber un pero, necesito un dinero (¿en torno a 60.000?)Para hacer varias cosas en la casa nueva (muebles,...) . Tengo por tanto 2 opciones:
* Estrictamente reinvertir todo el dinero a la entrega y al mes o así pedir una ampliación de hipoteca que me de el dinero que yo necesito y por supuesto durante toda la vida del préstamo tan sólo incluir en la declaración el % correspondiente al pago de la vivienda y no a la ampliación. Esto me supondría un pequeño sobrecoste porque habría que ir dos veces a Notaria, registro,...
* Directamente quedarme con el dinero que necesito y pedir de hipoteca lo necesario de tal manera que estrictamente parte del dinero no saldría de mi bolsillo, pero siempre a la hora de hacer la declaración incluir tan sólo el % que corresponda a la vivienda y el resto no incluirlo en la desgravación de cada año.
Esta opción me ahorraría unos gastos de formalización de nueva hipoteca y demás, pero no estoy seguro si cara a una inspección podría servir el hecho de justificar que tan sólo me desgravo por el % correcto de la hipoteca.
¿Me he explicado bien?
¿Alguien tiene la solución al dilema?
Saludos y gracias
Respuesta
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Yo te recomendaría la segunda opción que indicas, de todas formas, te recuerdo que la cantidad que tienes que reinvertir en la nueva vivienda es el total del dinero que cobras, no el beneficio que obtienes de la venta.
Gracias por la respuesta, probablemente es casi seguro que me decida por esa segunda opción
El miedo que tenemos es que al ser una vivienda de nueva construcción y si nos subrogamos a la hipoteca del promotor, nos subrogaremos por el total que necesitamos y no por sólo la parte que deberíamos tener de hipoteca por tanto hacienda podría interpretar una no-reinversión del dinero (del dinero cobrado, no del beneficio, correcto)
Desde luego que la suma del dinero que tienes que veinvertir y la cantidad financiada por la hipoteca no puede ser superior al valor de la casa, ya que en ese caso no se consideraría hecha la reinversión. Si al final te obligan a subrogarte a una cantidad superior a la que necesitas, en cuanto la firmes puedes cancelar la parte que quieras para no superar la cifra.

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