Entiendo que son atrasos imputables a tu pagador por regularizaciones de convenio.
El funcionamiento es de la siguiente manera.
Si los atrasos los has percibido entre el 1 de enero y el 2 de mayo la declaración complementaria tendrías que haberla presentado antes del 30 de Junio del 2008.
Si los atrasos los percibes con posterioridad al 3 de mayo tienes que hacer la declaración complementaria antes del 30 de Junio del 2009.
Lo que tienes que hacer es coger las declaraciones de esos ejercicios e incluir en las mismas los rendimientos del trabajo de esos años (en cada año el rendimiento correspondiente) para ver el nuevo resultado a pagar o a devolver derivado de la percepción de esos ingresos.
Como es un coñazo tienes dos opciones:
1.- Si no estabas obligada a hacer declaración de renta por tema de percepciones (ganar menos de 22000 euros anuales) o por rendimientos de actividades... yo pasaría del tema a ver si la administración no te da el coñazo.
2.- Si estabas obligada a hacer declaración de renta... me temo que no hay más remedio que presentar declaraciones complementarias de los años 2004,2005,2006 y 2007.
Hasta aquí mi respuesta. Si precisas de un profesional que te haga ese trabajo a precio muy económico puedes ponerte en contacto conmigo a través del correo
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