Plusvalía

Yo compré en 1997 con mi novio una vivienda en barcelona. Cuando nos separamos yo compré de nuevo esta vivienda (en mayo del 2002 ) El valor en la escritura del piso a mi nombre es de 90.151 euros que ahora tiene un valor de aprox. De 230.000 euros mi intención es irme a un pueblo donde la vivienda sea más económica, comprarme un apartamento pequeño y el resto invertirlo en un negocio(restando la hipoteca que me queda por pagar). Por lo que me han dicho para no pagar plusvalía yo tengo que invertir mis ganancias en otra vivienda, osea que dispongo de unos 140.000 euros para el nuevo apartamento (me gustaría que me confirmaras si esto es así en mi caso) pero querría saber si ha de ser sólo invertido en la vivienda en si, me refiero si se puede incluir en este dinero el parking(en la misma finca) o los gastos de compra y se sigue sin pagar plusvalía o todo eso va a parte.
Por otro lado querría saber el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos, cómo se calcula. En mi último recibo de ibi pagué 25,18 euros( 1ª fracción de 4)
Espero que me haya explicado bien...
Muchas gracias por tu tiempo.
Mina.
Respuesta
1
Para que se considere vivienda habitual tiene que haber sido tuya durante, por lo menos, 3 años. Así que en principio espera a mayo que se cumplen los 3 años desde que adquiriste la segunda mitad.
Así las cosas, si vendes tu vivienda habitual y reinviertes en la compra de otra está exenta la ganancia.
Ahora bien, lo que debes reinvertir es el precio de venta (no la ganancia) una vez has descontado la parte de hipoteca que te queda pendiente.
Sobre el parking y gastos de adquisición también debes incluirlos en el precio de la nueva.
Sobre el tema del parking Hacienda se ha pronunciado en bastantes ocasiones, y si lo compras en el mismo momento que la vivienda se considera también parte de la misma.
Sobre la pregunta del tema de la plusvalía es complicado. A grandes rasgos se parte del valor catastral. A este se le aplica una reducción del 40% y sobre la cantidad resultante se aplican unos porcentajes en función de la cantidad resultante... te recomiendo que llames al Institut Municipal d'Hisenda (está en las torres Mapfre), allí te podrán informar mejor.
Atentamente,
rch01
Sé que te parecerá extraño e ilógico, pero por un lado tienes que calcular la ganancia (precio de venta - precio de compra), y esa ganancia, si no es vivienda habitual y vendes pasado un año paga el 15%. Cuando has calculado esto el programa te pregunta si es vivienda habitual y vas a reinvertir en una nueva. Si contestas que sí, deja los datos pero no la parte resultante.
Por otra parte te tienes que acoger al beneficio de reinversión, que sale otro resultado al anterior, pues te pregunta el precio por el que vendes (descontando la hipoteca pendiente) y el importe que vas a reinvertir. Si reinviertes todo no hay problema, no pagas nada. Si queda una parte pendiente de reinvertir (porque el precio de compra del nuevo es menor) es cuando deberías pagar sobre ésta la ganancia (el 15% que te he comentado antes).
Atentamente,
rch01

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas