Novación de préstamo por aval

Buenas tardes:

Necesito cambiar el aval de mis escrituras por otra persona.

AL ser una novación modificando sustituir a un aval por otro, tendría que pagar

el impuesto de actos jurídicos documentados.

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Según el artículo 9 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, solo están exentos de impuesto los casos de novación por ampliación de plazo o modificación de tipo, o ambos a la vez. El resto de caso, se debería abonar impuesto.

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