Problemas con una vpo en Andalucia

Hola Elena me han hablado muy bien sobre esta página web así que he decidido hacer uso de ella puesto que tengo varios problemas con la adquisición de una vivienda vpo de régimen general y estamos apuntos de escriturar y antes que nada queremos resolver nuestras dudas.
     La primera es que mi novio comenzó solo la adquisición de la vivienda vpo a partir de 2009 realizando todos los pagos de las cuotas de entrada (20 % del valor vivienda )hasta que vino el contrato ya visado de la junta dando el visto bueno, pero nuestra sorpresa vino cuando en este visado había un apartado en el que aclaraba que tanto en escritura pública como en el contrato deberían aparecer los mismos datos para que la adquisición fuese viable con lo cual tuvimos que renunciar al mismo ya que nuestra intención era escriturar a nombre de los dos, y quizás te preguntes porque no lo hicimos los dos desde un principio y es que según los requisitos que nos facilitaron para acceder a la vivienda estaba el de la remuneración salarial que era bastante justita si yo entraba también aunque hubiese declarado poco.
      En lo anterior esta la clave del problema, puesto que la promotora nos aconsejo ante tal problema que hiciésemos un contrato nuevo anulando el anterior y conservando la fecha inicial de 2009 pero todo desemboco a otro nuevo problema porque el nuevo visado vino con una fecha a de enero de 2011 ya que la promotora tomó la determinación de cambiar la fecha porque había transcurrido mucho tiempo y la junta no lo permitía, y todo ello sin consultárnoslos así que no nos dimos cuenta hasta que llegó este visado nuevo y la situación que tenemos ahora mismo es que los pagos de las cuotas están realizados de 2009 hasta finales de 2010 como aparece en contrato a pesar de tener fecha de 2011, nuestra pregunta es que si ¿podríamos desgravar a hacienda por la ley nueva de este año en caso de pasarnos de los famosos 24000 euros que impone como máximo alegando que aunque el contrato sea de 2011 los pagos han sido realizados desde el año 2009, todo ello con un certificado de pago que la promotora nos facilitará y además no se si mi novio podrá desgravar el 100 % de las cuotas que al fin y al cabo él las pago según su anterior contrato a pesar de estar el contrato nuevo a fecha de 2011 pues ya desgravó en 2010 cuando estaba o en cambio tendremos problemas por todo ello y nos reclamarán ese dinero?
     Espero que entiendas la situación planteada sino estoy a tu entera disposición para cualquier aclaración pues comprendo que la situación es un poco difícil de entender por lo menos para nosotros que nos ha pillado un poco desprevenidos y la verdad es que no sabemos que hacer y el tiempo se nos agota así que sin más me despido esperando tu respuesta.
Un saludo cordial y muchas gracias.

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La verdad es que es una situación un tanto complicada. Espero poder ayudarte.
Si vais a poder desgravar o no en caso de pasaros de los 24.000 euros dependerá enteramente de la fecha del contrato de compraventa
y de la fecha de los pagos realizados (la fecha que ponga en la factura). Hacienda entenderá la fecha del contrato como fecha de
adquisición, porque siempre se firma primero el contrato y luego ya se producen los pagos. Por eso, si aparece la firma de enero de
este año, Hacienda os va a aplicar la nueva norma: declaración en función de los ingresos.
Ten en cuenta que las facturas que pagó tu novio el año pasado están sólo a su nombre, igual que el contrato, por lo que no valdrán como justificantes de compra a nombre de los dos. Supongo que la promotora cancelará estas facturas y emitirá las nuevas respaldando el nuevo contrato, por lo que ésa será la fecha que valga, la del contrato en la que aparecéis los dos.
Tal y como lo entiendo, Hacienda reclamará las cantidades desgravadas anteriormente, ya que el contrato destinado a la compra de la
vivienda habitual se ha roto y no ha terminado en la compra de la casa. Problemas no tenéis por qué tener más allá de tener que devolver lo desgravado.
El "arreglo" sería que la promotora os mantuviese la fecha de contrato que firmó tu novio, aunque por lo que dices no lo admite la Consejería. Quizá os puedan poner diciembre de 2010 en vez de enero de 2011, con eso valdría para el tema de la desgravación de los próximos años.
Hola de nuevo Elena. He ido a hablar otra vez con la promotora para decirles que la casa así no me desgrava y me han dicho que la renuncia que firmo en su día mi novio solo era para la Junta de Andalucía y que en su contabilidad mi novio resaba desde 2009.
También me ha dicho que una cosa es la Junta de andalucía y otra Hacienda, que no vamos a tener problemas ya que los pagos a ellos les consta que los hicimos desde Enero del 2009 hasta Agosto del 2010 (estas fechas no se han cambiado nunca, ni en el contrato que esta a nombre de los dos y con fecha del 2011). ¿Qué opinas de esto?.
Se que todo esto es un lio bastante grande y decirte que gracias que me has ayudado mucho.
Es cierto que una cosa es la Junta y otra Hacienda, pero las cosas deberían cuadrar :)
Si no cambian la fecha de la factura que pagó tu novio y que es todavía de antes de 2011 él ha hecho bien en desgravar por ellas pero estas facturas atienden a un contrato que se ha roto y que no ha terminado en la adquisición de la casa, por lo que Hacienda puede reclamarle las cantidades ya desgravadas como haga una inspección.
Una cosa que no entiendo es que, si os valen esas facturas del año pasado ¿cómo es posible que el contrato tenga fecha de 2011?. ¿Se ha pagado el dinero en base a qué si no había contrato?. Si Hacienda no mira no verá nada, pero como os toque una inspección va a sonarles raro, raro.
Te aconsejo que exijas a la promotora un documento firmado y sellado por ellos que os reconozca (a los dos) los pagos hechos antes de fin de año, un precontrato o algo así, porque si la fecha de adquisición que aparece es enero, Hacienda os puede aplicar el límite de los 24.000 euros para desgravar con toda la razón.

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