Extinción de condominio

Hola! Mi consulta es la siguiente
Me he separado de mi pareja, no estábamos casados y tenemos un hijo, ahora mismo la abogada esta preparando el convenio regulador.
Tenemos un piso al 50% gravado con una hipoteca de 50000 euros, quiero quedármelo yo, y le tengo que dar 5000 euros, el valor de tasación es de unos 100000 euros. ¿Cuál es la manera más barata de hacerlo? ¿Le digo a mi abogada que meta en el convenio la adjudicación del piso? (Ahora mismo tengo el uso y disfrute, ¿por el nene) o hago una extinción de condominio? ¿Mi ex tiene que pagar algo por esos 5000 e que va a recibir?
He hablado con mi banco, y dicen que no habría problema en ampliarme la hipoteca, metiendo también un préstamo personal de 3000 euros más los gastos, siempre y cuando ponga un aval (tengo la posibilidad) he barajado la opción de cambiarme de banco, ya que no me convencen las condiciones que me dan para la nueva hipoteca, ¿podría hacerlo? ¿Qué gastos tengo que asumir? Perdonen el rollo, es que estoy más perdida...

1 respuesta

Respuesta
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Lo que no entiendo es que pague a una abogada y esté perdida. El objetivo de contratar a un abogado es no perderse.
Si va a adjudicarse uno de ustedes la titularidad del piso, deben hacer una extinción de condominio ante notario, con independencia de lo establezcane en el convenio regulador. Los gastos son del 1% de ITP, más notario y registro (1,5% del total).
Si quiere usted cambiar de banco, puede hacerlo sin problemas. Los gastos de subrogación y modificación de hipoteca, son por cuenta de usted y el cálculo debe hacérselo el banco.
http://proindivisos.mediatoris.com

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