Ayuda urgente! Hipoteca

Hola buenas tardes.
Mi pregunta es la siguiente,
voy a firmar una hipoteca de un piso, la cual ya tiene un préstamo abierto de la promotora, me iba a subrogar a el, pero como el préstamo esta subvencionado y recibo ayudas no puedo.
¿Entonces la cancelación la tengo que pagar yo? ¿La promotora? O a medias?
Muchas gracias y un saludo!
Respuesta
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Bien, en la cancelación de un préstamo hay dos partes:
- Cancelación administrativa: Es el pago de la deuda al banco, el pago del dinero. Por supuesto lo debe de pagar quien lo debe, en este caso la promotora.
- Cancelación registral. En el registro de la propiedad, donde está inscrita la vivienda, tieerane una anotación de la hipoteca. Esta anotación, si se ha pagado al banco el préstamo, solamente es una anotación que se tiene que quitar para dejar "limpia" la finca o para poder inscribir el préstamo que tu pidas.
Realmente, quien debe de pagar esta cancelación registral es quien pidió la hipoteca, en este caso la promotora. Normalmente cuesta esta cancelación registral unos 600-900 euros, depende del importe del préstamo. Normalmente se encarga tu banco donde hayas pedido tu hipoteca y lo que se hace es pagar de menos ese importe a la promotora y ella te firma un papel de autorización conforme te autoriza a levantarla del registro. La promotora puede que quiera que tú asumas ese gasto. Esto es ya una negociación entre tú y ellos pero realmente a quien le tocar este gasto es a ellos ya que la hipoteca es de ellos.
Esta CANCELACIÓN REGISTRAL también recibe el nombre de CARTA DE PAGO o LEVANTAMIENTO DE HIPOTECA.
Cualquier otra duda estoy a tu disposición.

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