Arrendamiento de Piso de Protección Oficial

Hola, tenemos intención de arrendar un piso de protección en un pueblo de zaragoza.La hipoteca se formalizó hace 21 años y el piso ya está pagado, sin embargo la protección dura 30 años. Querría saber cómo puedo arrendar el piso, dónde me puedo asesorar y cuáles son las limitaciones.
Gracias de antemano!

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El tema de la Protección oficicial es diferente en cada promoción de pisos, unas protecciones son para 20 años, otras para 50, unas dejan arrendar el piso a partir de ciertos años de utilizarlo como vivienda, otros no... En la escritura de compra-venta que firmaste (escritura de propiedad) pone todas las limitaciones de la protección de tu promoción. Aquí en Cataluña aunque tengas la vivienda pagada, en la mayoría de promociones no dejan arrendar el piso.
Te aconsejo que hagas una fotocopia de la escritura de compra-venta, y te dirijas al departamento de vivienda del Gobierno de Aragón para ver toda la "letra pequeña" de tu protección.
La página web es www.viviendadearagon.org 900 122 132. Te aconsejo que te informes aquí con la copia de la escritura en mano por los datos que te puedan solicitar.

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