Contrato de arras

Hola,
el sábado firmo un contrato de arras. El piso a comprar está a nombre de la mujer y así consta en el registro. En el contrato de arras quieren poner a las dos personas de la pareja. ¿Tiene alguna importancia?(Las escrituras del piso están a nombre de ella). ¿Qué reprcusiones podría tener? A ellos les ha recomendado un conocido que lo hagan así.
Muchas gracias por anticipado
Un saludo

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La cuestión es si la pareja está casada en régimen de gananciales. Si están casados en régimen de gananciales, aunque el piso esté a nombre de uno de ellos, deben firmar ambos cónyuges.
Muchas gracias, lo preguntaré.
En el caso de que no estuvieran en régimen de gananciales, ¿tendría alguna repercusión que estuviera a nombre de ambos?
No entiendo bien lo que quiere decir con el término "repercusión". Un contrato de arras ha de elevarse a público en Notaría. Allí debe constar las circunstancias de la compraventa pactada en el contrato de arras y que uno de los cónyuges o estuviera al tanto de la compraventa, aunque no esté inscrito, es una cuestión muy importante que puede anular la compraventa.
El deber de usted es conocer su estado civil y aludir a él en el contrato. Si sólo son pareja, no es rquisito necesario que firme el no titular registral. Aunque firmara el contrato de arras, el contrato de compraventa no lo va a firmar, de modo que la pregunta cae por su peso, ¿Por qué ha de firmar las arras?

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