Dudas sobre novación

Gracias por prestarme atención sobre una serie de cuestiones que tengo sobre un cambio de hipoteca que quiero hacer..
Banco actual: hipoteca de 100 000 euros, ¿tipo interés nominal mínimo del 5% regido por el BPT? ¿Es lo mismo que IRPH?
No quiero ampliación de capital, sin embargo, debo 28 años y quiero modificarlo a 20 años.. Si entiendo bien, lo que interesa hacer es una novación ya que se modifica a parte del interés etc, la reducción de años.. Etc y el coste es mínimo
En el banco donde me hacen mejores condiciones me dicen que al estar regido por BPT y no por el euribor puede ser que no puedan hacer novación, si no que tendría que cancelar y constituir una nueva,,, ¿es eso verdad? ¿O da igual por lo que está regido?
En caso de hacer novación.. Qué gastos me corresponden a mi y cuales al banco, e importes.
¿Hace falta tasación nueva si el importe a traspasar es el mismo? En caso afirmativo.. La única tasación que tengo corresponde a la de hace 2 años, ¿serviría?
Si me voy a vivir a la vivienda del cambio de hipoteca y me empadrono.. ¿se me considera vivienda habitual? ¿Aunque tenga otra vivienda que se me consideró en su día ya como habitual? ¿O ha de pasar un tiempo?
Me han comentado que los pasos a seguir son; Una vez que me han aprobado la operación, y tras entregar el último recibo de lo que debes exactamente, me hacen por escrito las condiciones, entregando al banco y teniendo 2 opciones: o me igualan las condiciones, ¿o me dejan ir sin coste alguno (aunque tengas un 0.50% por cambio de acreedor) que es por ley es verdad? Gracias y perdona por extenderme tanto, pero tengo muchas dudas..

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Creo que tienes un pequeño error una NOVACIÓN es modificar, importe, plazo, condiciones de tipos de interés y resto de condiciones financieras, y eso solo se puede hacer EN LA ENTIDAD DONDE TIENES LA HIPOTECA "que NOVAS o modificas".
Tu creo te refieres a una SUBROGACIÓN DE ACREEDOR es decir llevarte la hipoteca a otro banco, si es así:
a) Salvo que te ofrezcan pagarte los gastos el banco a donde pretendes ir TODOS LOS GASTOS SON DE TU CUENTA incluida la comisión de ese 0,50%.
b) Efectivamente el proceso es como tu indicas, te harán una oferta vinculante la firmaas la presentaran a tu banco y si ENERVA (es decir si iguala) pues por esta vía no te podrás marchar, si quieres esas mismas condiciones que tu actual banco te ofrece igualando entonces te ofrecerá firmar UNA NOVACIÓN "con todos los gastos a tu cargo" y si no la firmas pues te quedaras igual que estabas pero con 200.-? Menos en el bolsillo ue es lo que tu nuevo pretendido banco te cobrara de gastos de notario por presentar esa oferta vinculante. (Esto ultimo que te lo expliquen bien).
c) Si se hace subrogación según el punto anterior y no pides más importe NO HACE FALTA NUEVA TASACIÓN ni tan siquiera la que tienes aunque se la puedes facilitar como un documento informativo más.
d) Si tu banco enerva como he dicho antes la única forma de marchar es cancelando y formalizando una nueva (eso quintuplica prácticamente lo gastos de lo que te costari marcharte si no se formaliza la subogacion)
e) En una SUBROGACIÓN puedes ampliar el plazo PERO NO REDUCIRLO para ello tendrías que firmar la subrogación y ademas UNA NOVACIÓN con el nuevo banco que aunque se hiciera el mismo día y te parezca que se hace todo a la vez, son dos actos jurídicos distintos y en dos escrituras distintas porque si se hace todo en el mismo acto tu banco (de donde te marchas) podría pedir la nulidad de la operación.
Lo del cambio de vivienda si te empadronas sera habitual pero si lo preguntas a efectos de la renta tu no puedes desgravarte otra vez de toda la hipoteca si ya lo has hecho de la otra vivienda, porque si todos los españolitos fuéramos saltando de flor en flor hacienda no tendría bastante dinero para devolvernos en la renta por desgravación.
Y una vez aclarados creo los conceptos en una situación general ahora pregunto yo y quizás debí empezar por aquí ¿ que es el BPT? Porque desde lego no es IRPH y con esas siglas yo salvo error en 30 años de banca nunca las he visto ni oído y a ver si va a ser que efectivamente es algo que no admite la subrogación como si se tratara de un préstamo cualificado con ayudas o algo así.
No obstante todos los punto que te he explicado son válidos para una subrogación en circunstancias de que se pueda llevar cabo.
Hola,, no sé cada vez estoy más liada,.
Entiendo que novación en el banco actual no puede ser en todo caso es negociar sobre las condiciones que ya tienes: y subrogación es cuando se cambia de propietario de la vivienda, ¿traspasándole las condiciones y ahorrándose un pico.En mi caso solo es transportarla directamente con unos cambios para mejor pero también redudiendo años no? No sé contra más información tengo, es peor
Cuando pregunté por empadronarme a la vivienda donde quiero cambiar no es a efectos de renta sino que el nuevo banco me hacen condiciones buenas pero siempre y cuando sea como vivienda habitual..
Así que no sé si tengo que pedir directamente una novación al nuevo banco, ¿pudiendo cambiar el plazo y si está por ese tal BPT se supone que también se puede cambiar el tipo de diferencial no?
Perdona por insistir en este tema, pero ahorrarme 100 euros de hipoteca al mes y 8 años vale la pena luchar..
Muchas gracias y saludos
Una novación es formalizar en una escritura UNAS NEGOCIACIONES SOBRE LAS CONDICIONES CON TU BANCO ACTUALES. O sea que si que puede ser. Salvo que exista alguna cosa que tu desconozcas y no me estés contando.
La subrogación es como dices pero la ley de subrogaciones admite AMPLIAR PLAZO PERO NO REDUCIRLO EN EL MISMO ACTO.
Tu banco nunca se preocupara de saber si estas empadronada o no o sea que conque le manifiestes verbamente que efectivamente es tu vivienda habitual, listo, a parte te empadronas porque te interesara.
Si tu banco te admite y concede una NOVACIÓN puedes, reducir el plazo, que te bajen el diferencial y ademas que te cambien del BPT (QUE TODAVÍA NO TENGO NI IDEA DE QUE ES) por ejemplo al euribor.
Si lo consigues pues por menos dinero de gastos que una subrogación, ya habrás conseguido tu propósito.ç
Muchas gracias por todo
Saludos
Intenta indicarme que es el BPT es que ya tengo curiosidad profesional.
Ah y cuando termines acuérdate de cerrar la pregunta, si quieren me das puntos o no pero ciérrala.

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