Hipoteca

Hola amigo experto.
Le agradecería mucho me informaras sobre los derechos que me asisten a la hora de hacer una hipoteca a una casa de nueva construcción.
Hoy mismo he podido escuchar en televisión que una constructora de viviendas no puede obligar al comprador a que acepte la entidad bancaria que aquella me propone para componer la nueva hipoteca, y más aún, el comprador no esta obligado a sufragar las costas de cancelación para subrogar la hipoteca a otra entidad bancaria, cosa que la promotora quiere hacer con todos los compradores que decidan cambiar de entidad financiera. La nueva casa nos será entregada el próximo año, momento en el que firmaremos la escritura de compraventa.
¿Qué puedo y debo hacer al respecto?
Mi intención es componer la hipoteca con la entidad con la que he tratado siempre y la constructora me propone otra con peor oferta.
¿Tengo qué aceptar las condiciones que la promotora me ofrece?
En caso de subrogación, ¿he de pagar las costas?
Espero sus respuestas.
Gracias de antemano.

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Respuesta
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Existe jurisprudencia en la que se ha condenado a promotoras a pagar los gastos de canelación económica y registral por obligar (clausulas abusivas) a la subrogación.
En mi experiencia muchas te lo establecen en el contrato y les da igual, te dicen que eso es lo que hay.
En ese caso te vas con tu entidad, pagas la cancelación económica y registral y luego demandas, es un rollo pero ganarás, es más alguna promotora con tan sólo un requerimiento de un abogado tras la firma ha pagado.
Podrías subrogarte al ptmo promotor. Pagas escritura NOtario compra-subrogaion, IAJD, registro y gestoría. Una vez pagues el primer mes le dices a tu banco que te prepare una subrogación de acreedor y presentas una oferta vinculante al otro banco
(Determinadas entidades te pagan esos gastos de subrogación y no te cobran c.apertura. Ejemplo BBVA)

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