Embargos

Hola buenas tardes
¿Tengo tantas dudas que no se por donde empezar lo que me pasa es que este momento tengo un embargo de la nomina por un crédito personal y hoy he tenido que ir a los juzgados ha recoger otra orden de embargo de otro crédito cosas que he dejado de pagar por que no podía hacerles frente con el sueldo que gano bueno en fin y ahora que? Es mi pregunta, por que dicen ahí que tengo 10 días para manifestarles que bienes y derechos suficientes para cubrir la deuda vale pues tengo un coche que estoy pagando del cual debo la mitad ¿este es embargable? Por que es lo único que tengo, y que pasa con la nomina por que ya del otro embargo me quitan casi 300 euros aparte de esto al parecer la empresa va hacer un recorte de personal y si caigo ahí el finiquito también seria embargable y me dicen en la carta que si por cualquier concepto, ¿tuviera pendiente devolución de la demanda de hacienda también me lo embargarían? Por dios son tantas preguntas que si sigo no acabo nunca
Muchas gracias por ayudarme un saludo

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La cuestión es más simple. El coche es embargable y la nómina depende de sus ingresos. Una vez comunique usted sus bienes, ingresos, etc, el juez determinará que parte de la nómina pueden volverle a embargar.
Muchas gracias por tu respuesta pero estando el coche por pagar casi la mitad lo pueden embargar y de la nomina que supuestamente si la tengo embargada tendría que esperar a que pagase esta anterior deuda antes de volver a embargarla
Depende de sus ingresos. Poder es posible si tiene ingresos suficientes para volver a embargar, aunque será en menor cantidad.
El vehículo quedará embargado y cuando termine de pagar o su valor sea suficiente, pedirán su precinto.

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