Se declara compra despacho pagando itp en modelo 347?

Me gustaría saber si he de declarar en el modelo 347, la compra de un despacho donde se desarrolla la actividad, la duda me surge porque dicho despacho se compro como 2ª entrega, es decir sin IVA, se pago 8% de ITP.
En el caso de que si tenga que incluirlo, ¿qué importe he de declarar, el total sin contar el impuesto de ITP o sumándolo?

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En el 347 se informa de todas aquellas operaciones que no sean objeto de información en otros modelos u otras declaraciones informativas. En este caso, no se incluye.

Dicho lo anterior, ante la duda la más tetuda. Quiero decir que las sanciones en este tipo de declaraciones están pensadas más a la omisión de información que a la repetición de la misma. ¿Qué pasaría si la incluyeras? Nada, como mucho que se haría una diligencia indicando que es una operación que entra en los supuestos de no inclusión en dicha declaración y ya está. Pecarías por informar demasiado, y eso para hacienda no es pecar.

Hola Santi, solo una cosita, quieres decir entonces que la compra del despacho ya se le ha informado hacienda por otro lado?? mediante otra declaración?? puede ser el mismo notario o la misma Generalitat en este caso al pagarle las transmisiones????

Muchas gracias por tu aclaración.

Un saludo.

Soy sólo un vulgar contable. Quiero decir que la tributación y la relación del contribuyente con hacienda no es mi fuerte. Pero tengo entendido que sí, que estos impuestos especiales los informan directamente los notarios.

Ahora, que conste en acta que yo te hablo de oídas. No soy experto fiscal. Lo que no quita que mi respuesta del 347 no sea correcta...

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