Contabilizar factura notario para cambio de nombre

En mi empresa se acaba de hacer una ampliación de capital y un cambio de nombre. ¿Mi pregunta es si la factura de notario debo de contabilizarla como gasto de establecimiento y debo de amortizarlo o no? ¿De ser así como quedarían los asientos? Porque la empresa se creo este año y no tenemos reservas para imputar estos gastos a PN.
Por otra parte, ¿el impuesto que debemos pagar a hacienda por la ampliación de capital también lo consideramos gastos de establecimiento y se deben de amortizar?

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Este tipo de facturas se contabiliza en el grupo 113, no se amortiza pero su base se tiene en cuenta para calcular el IS siendo como mayor gasto en la Base Imponible.
Finalmente, la cantidad que te dé (por ejemplo 1000 x 25% = 250) lo liquidas con el siguiente asiento (aparte del asiento de liquidación del IS)
(250)479xx a 113xx (250)
Y luego:
(250)630xx a 479xx (250)
¿Esto seria el caso de la factura del notario? ¿Lo qué no entiendo es porque no se puede considerar como gasto desde el principio?
¿Y para el caso del impuesto como se debería de contabilizar?
Sería un inmovilizado inmaterial según la anterior norma pero con la nueva este tipo de movimientos pasa a ajustarse a una cuenta del grupo 113 (te aconsejo que crees una aparte como la 1130099).
Suponiendo que 250,00 es el 25%(o 30% según corresponda) del importe de la 1130099:
(250,00)479xxxx a 1130099 (250,00)
Y luego:
(250,00)630xxxx a 479xxxx (250,00)
Perdona la insistencia, así tu consideras que debo contabilizarlo como
(479) a (113) (¿Aunque la empresa no tenga reservas? Porque es de nueva creación y entonces presentaría unas reservas negativas!)
Y luego
(630)
(472) a (479)
Y para el impuesto que debemos pagar (1% del capital ampliado)
(473) a (572)
¿Y cómo comentas antes se amortizaban estos gastos y ahora con el NPGC no hace falta no?
Dime si estos asientos son correctos y si una empresa puede tener reservas negativas.
Gracias por todo y perdona mi insistencia pero nunca había hecho la contabilidad para una empresa recién creada...
Nono, a ver, yo solo explique el asiento a tener en cuenta del impuesto.
Esto no se considera una reserva aunque si se contabilice en ese grupo y tal y como dices, con el NPGC no se amortiza.
El asiento a contabilizar para la factura sería:
113xxx
472xxx a 410xxx
Saludos, y si tienes más preguntas no dudes en preguntar.
Buenos días, ya lo tengo claro.
¿Lo único que en vez de la cuenta 410 no deberíamos de utilizar la 473?
¿Y cuándo se pague anularla haciendo el asiento 473 a 572?
Un saludo y muchas gracias por la paciencia
LA 473 son para pagos a cuenta o pagos de retenciones anticipadas para descontar de la cuota dle impuesto sobre sociedades a final de año.
Si te estás refiriendo a la retención que te haya aplicado el notario sería así:
113xxx
472xxx a 410xxx
4751xx
113 (bases imponibles)
472 (IVA)
410 (Notario)
4751 (Retención 15% del notario)
No se si es a esto a lo que se refiere, en tal caso no dude en seguir preguntando hasta que quede todo resuelto.
Ahora si que me he liado...
Yo he hecho el siguiente asiento para notario:
629
472 a 4751
572
¿Debería de haberlo hecho en la 113 en vez de la 629? ¿
Y respecto al impuesto, yo he entendido
113 a 572
¿Es correcto este asiento?
Un saludo y mil gracias
Lo ideal para registrar una factura es:
113 (en vez de 623)
472
A 4751
410
Y para pagarla:
410 a 572
Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Para pagar la tasa esa que comentas si es como dices:
113 a 572
¿Mejor ya? :D es que estábamos mezclando explicaciones de asientos distintos así que te puse los 2.

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