Gastos extracrediticios bancarios

Una entidad bancaria, para conceder un crédito a una sociedad limitada, obliga a contratar un seguro de vida y un plan de pensiones tanto al administrador de la sociedad como a su cónyuge, cargando los recibos en la cuenta de la sociedad. ¿Cómo se contabilizarían estos recibos?
Respuesta
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No hay por qué cargarlos en la cuenta de la sociedad, ya que el seguro de vida y el plan de pensiones es algo personal. Lo correcto es que se cargue en su cuenta personal.
Pero si no hay opción, o el administrador quiere que se pague desde la cuenta de la sociedad, esto tendría la consideración de una pago en especie. Es decir, es un ingreso del administrador, como parte de su salario.
Que eso se destine a pagar un seguro, un plan de pensiones, o el seguro de autónomo, es indiferente.
Supongo que el administrador tendrá una nómina. En ella habrá que incluir en concepto de pago en especie el equivalente al importe de los recibos de seguros y planes de pensiones.
El asiento de la nómina lo haces normal. Si quieres puedes crear una subcuenta de gastos dentro del subgrupo 64, donde se recojan los pagos en especie, para tenerlos identificados. Y también puedes crear otra subcuenta de la 465 que se llame por ejemplo "Remuneraciones en especie pendientes de pago".
De este modo, cuando el banco te cargue los recibos del seguro y del plan de pensiones, el asiento contable lo haces cargando a la 465 y abonando a la 572.
Señalarte que los pagos en especie también computan en el IRPF del administrador y tendrá que declarar a Hacienda por ello, por lo que tienes dos opciones:
1.- Ajustas la nómina actual reduciendo lo que percibe (pagará lo mismo de IRFP) y asignándolo a pago en especie.
2.- Le subes el sueldo suficiente (pagará más IRPF) para cubrir el importe de los recibos a pagar, y que siga cobrando líquido lo mismo.

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