Autónomo o trabajador por cta ajena

Tengo otra pregunta para ti:
Acabo de crear una S.L. Y tengo entendido que los socios (es mi caso) de una empresa, no pueden darse de alta a la seguridad social, en su misma empresa, ¿cómo trabajador en régimen general?.
Solo pueden ser autónomos. Lo que significa que tendría que hacer facturas por prestación de servicios a mi empresa y con el correspondiente 15% y hacer la declaración de IRPF sobre los ingresos recibidos a finales de año. . Creo que el 20%.
Que obligaciones fiscales tendría como autónomo.
Respuesta
1
No es cierto del todo. Tiente que estar dado de alta como autónomo en la seguridad social, pero la empresa te puede contratar como trabajador con nómina. Si la seguridad social de autónomo te la va a pagar la empresa se pone como retribución en especie en la nómina y es gasto deducible para la sl

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas