Sobre el IVA de un AVAL

Paso a exponer el caso de nuestra empresa, durante 2 años hemos entregado a cuenta por medio de facturas a una constructora dinero para la compra de una nave industrial, al mismo tiempo solicitamos hace un año un aval para asegurar el dinero entregado, el aval nos llegó de un banco todo correcto.
Nuestras sospechas se hicieron realidad y la empresa paró las obras antes de su finalización según el contrato, nosotros ejecutamos el aval y el banco nos devolvió el dinero pagado.
En el importe está incluido el IVA, que ya habíamos deducido en cada factura a cuenta, pero ahora no hemos recibido de la empresa constructora una factura de abono para volver nosotros a pagar el IVA. ¿Qué debo hacer?

1 respuesta

Respuesta
1
Si el Banco os devuelve por medio del aval la totalidad de los pagos (IVA incluido), creo que no tenéis ningún perjuicio.
Pagos a cuenta realizados 116 (IVA=16 que recupero descontándolo en mis liquidaciones de IVA Soportado) Desembolso real= 100
Cobro del Aval = 116
Factura rectificativa de los pagos a cuenta -116 IVA incuido (Descuento del IVA Soportado del Trimestre el IVA negativo -16)
Luego: Desembolso real 100 menos Cobro Aval -116 = -16 Que devuelvo a Hacienda vía liquidación de IVA
La respuesta creo que se ajusta a la duda
Saludos
Buenas noches, gracias por su respuesta,
Pero tengo dudas:
¿La factura rectificativa quien la tiene que hacer?
¿No la tendría que emitir la constructora?
Gracias anticipadas.
Al realizar el cobro del aval, se supone que habréis rescindido el contrato de compra.
Por ello se le deben reclamar al constructor las facturas rectificativas de las entregas a cuenta, al objeto de contabilizar la anulación.

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