Perdidas

Cual es el asiento correcto para compensar las perdidas del año anterior con los beneficios de este año
Gracias
Respuesta
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Tanto las pérdidas, como los beneficios o utilidades, se registran bajo el mismo Grupo Contable del Patrimonio, código PUC 36 del Plan Único de Cuentas. La cuenta 3605 se denomina Utilidad del ejercicio; la 3610 se denomina Pérdida del ejercicio y al año siguiente su saldo se traslada a la cuenta "Resultados de Ejercicios Anteriores, PUC 3705 (Utilidades acumuladas) o 3710 (Pérdidas acumuladas).Mayor información en el Decreto 2650/93. Espero haya sido de utilidad y por favor calificar la respuesta. Cordial saludo¡

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