Urgente por favor!

Llevo contabilidad de una inmobiliaria. ¿Y me han comentado que los ingresos que haga por la intermediación de la venta o alquiler de un piso si son personas físcias están exentos de I.V.A. Es cierto? ¿o tengo que hacerles factura con I.V.A?
¿Si no tengo que hacerles factura hago un recibo de dicha interemediacion?
Muchas gracias.

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Yo entiendo que la empresa que presta el servicio de intermediación deberá emitir una factura con IVA con independencia del sujeto que sea el receptor de la misma. Se considera una prestación de servicio, y por tanto va al 16%

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