Vigencia del Nuevo RBT-2002

Estoy construyéndome mi vivienda. La Licencia Municipal de obras me fue concedida en agosto del año 2001. Hasta el momento no he solicitado luz de obra porque estoy trabajando con un motor-generador de gasolina. Mi pregunta es, ¿la instalación eléctrica de mi vivienda se tiene que ajustar a la normativa actual (RBT del año 2002) o por el contrario puede aplicarse el reglamento de baja tensión anterior por tener licencia municipal de obras con anterioridad al 2002? ¿Existe alguna norma transitoria para estos casos? La respuesta es muy importante por el carácter de la misma. Muchas gracias de antemano.
Respuesta
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Según tengo entendido es criterio de la compañía suministradora, consultales a ellos mismos y saldrás de dudas.
Hola de nuevo. Gracias por la contesta, pero quisiera que me aclararas una cosa. Me has dicho que se aplicará la normativa vigente en el momento de alta de contador. Mi pregunta es ¿dónde está regulada dicha disposición, porque en el RBT-2002 la he buscado y no la he encontrado? ¿Es qué hay alguna otra norma que desconozco y sea aplicable al tema en cuestión? En caso afirmativo, ¿cuál o cuáles?
La aplicación de normativa es desde la fecha de alta de contador, es decir se aplicara el RBT-2002 o posteriores.

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