¿Existen arras para un alquiler de vivienda o local?

Quisiera saber si es tan amable si existen arras cuando decides quedarte un alquiler de una vivienda o un local.

También quisiera si es posible que me dijera donde puedo encontrar en la web o si me podía enviar modelos de hojas de visita de alquiler de viviendas y locales actualizados. Tengo entendido que ahora el mínimo son tres años de alquiler

Y si no es mucho pedir, modelos de contrato actualizados de alquiler de vivienda y local.

Agradeciéndole su atención.

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No entiendo tu pregunta, parece muy general, y no concreta con algo que te pase.

Las arras se firman si compras algo, no tiene nada que ver con el alquiler.

Las hojas de visita son un concepto propio de una inmobiliaria, que hace referencia a que cuando enseñan la casa a un posible comprador o inquilino, ellos salvaguardan su presencia en la gestión y por tanto su comisión, y en caso de incumplimiento pueden reclamarlo judicialmente, aduciendo que fueron ellos quienes presentaron ese cliente.

¿El mínimo 3 años de alquiler? ¿En qué? ¿Por qué? No entiendo a que te refieres y los mínimos varían en función de si es una vivienda o un local.

Y lo de los modelos de contrato por 20€ te puedo facilitar uno de cada y actualizados a la nueva Ley de Alquileres.

Perdón si no me he explicado con claridad. Deseo montar una inmobiliaria y por esto le hago estas preguntas. En principio sólo voy a trabajar con alquileres de viviendas y locales.

Antes los contratos de alquiler de viviendas se hacían por un año, con un mínimo de 5. Ahora este mínimo son 3 ¿no?, siempre que lo quiera el inquilino (tengo entendido).

En un local no tengo ni idea de duraciones mínimas ni plazos de nada.

En la web he encontrado contrato de alquiler actualizado de vivienda pero no de local. Lo que no sabía es que me cobraría por esto.

Le agradezco no obstante su atención.

Todos estamos voluntariamente ayudando a quien tenga algún problema y necesite de algún asesoramiento. Pero si ya me piden documentos o que les revise algún caso particularmente, pues sí, le presento mis honorarios. Tenga en cuenta que he sido propietario de una empresa inmobiliario durante 8 años. Valoro mi tiempo ;)

En vivienda no hay duración mínima. Tu puedes perfectamente alquilar la casa por 30 días, 3 meses o 1 año. Otra cosa es que se prorrogue automáticamente hasta alcanzar la duración mínima de 3 años y una máxima de 4 años para el arrendatario. A partir de ahí las renovaciones tacitas serán convenidos por ambas partes.

Los locales no tienen plazo, ni mínimo ni máximo. Es libre. Foco de innumerables problemas, ya lo verá. El inquilino cree que si asegura mas tiempo en el contrato debería de pagar menos al mes, y el propietario todo lo contrario. Se encontrará con casos de rentas escalables, periodos de carencia, avales, pagos en especie, aumentos de IPC por encima de lo normal...

Lo hecho de menos...

Suerte!

Al final me ha ayudado bastante. He conseguido algún modelo de alquiler de local por internet.

Muchísimas gracias, saludos cordiales.

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