Inquilina arrepentida.

Hola he alquilado un local comercial, en el contrato que firmamos en el punto, duración consta:
      "ambas partes conciertan y pactan un plazo de duración del presente contrato de diez años, comenzando a regir el 1 de octubre de 2009, estableciéndose como fecha de extinción, el día primero de octubre del 2019, pudiendo al finalizar el mismo pactar prórrogas y modificaciones que estimen convenientes las partes, pero siempre por escrito" .
          A primeros de mayo me ha comunicado mediante burofax su deseo unilateral de extinguir el contrato firmado y dejar de pagar, el día 30 de junio de 2010 por motivos económicos (indicar que la empresa es de toda solvencia). Me he enterado de la intención que tiene la empresa de abrir otro negocio similar en otro lugar de la misma capital éste verano, pues ya están realizando la obra.
          Mi pregunta es: Igual que yo no puedo echar a un inquilino con contrato en vigor cuando yo quiero, ¿el inquilino puede irse cuando le venga en gana incumpliendo el contrato firmado? En el contrato no figura ninguna penalización por incumplimiento de contrato . ¿Merece la pena exigir judicialmente el cumplimiento de contrato firmado?. Espero su respuesta. Un saludo
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Como bien has dicho, tú bajo ningún concepto habrías podido echarles antes de tiempo.
En mi opinión, si son solventes, claro que merece la pena demandarles. Otra cosa es que llegues a un acuerdo extrajudicial con ellos. Es decir, que te paguen una cantidad por su incumplimiento que te disuada de meterte en juicios.
Si no hay ningún acuerdo, contacta con un abogado experto en derecho inmobiliario y déjale hacer.
Mucha suerte.
Papeleos Alquiler
Muy agradecido por tu pronta contestación.
       He intentado llegar a un acuerdo con la otra parte, autorizándoles el subarriendo, o que paguen las mensualidades hasta que se vuelva a alquilar con un máximo de meses hasta diciembre de 2010, pero dicen que no les interesa, que el 30 de junio como indican en el burofax dejan de abonar la mensualidad y el local, sacan sus cosas y me entregan la llave, y para más cabreo por mi parte es que la escusa que ponen de la mala situación económica de su empresa es mentira, puesto que están abriendo otro negocio en un local más grande y de similares características.
   Me indican que si no acepto sus condiciones van a dejar de pagar la mensualidad para obligarme a mi a echarlos. Ya que existe un punto en el contrato que dice que el impago de mensualidades es causa de rescisión de contrato, ¿pueden hacerlo?. Un saludo
El impago de la mensualidad es motivo de "demanda" para que sea el juez quien rescinda el contrato.
La ley no permite que una de las partes "rescinda" un contrato. (Incluso aunque lo diga el contrato es una cláusula nula)
Los contratos solo se resuelven por acuerdo entre las partes o por orden judicial.
Si estás seguro de que son solventes, lo son si están abriendo otro local, acude a un abogado con el burofax y que prepare la demanda por incumplimiento de contrato, o por impago, lo antes posible.
Un saludo - Papeleos Alquiler

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